MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL AMORE DELICATO LTDA.

RUT 76274804-5 CVE 1662897
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
29 de agosto de 2019
Notaría
Iquique don Néstor Araya Blazina el

Instrumento

Fecha
29 de agosto de 2019
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Comuna
Iquique don Néstor Araya Blazina el

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública 29/08/2019, otorgada ante Notario Titular, TIFFANY KRYSTAL GRASSI MIRANDA, Ike Ike Nº 3.630, Iquique; SONIA ISABEL MIRANDA MONALDI, Ike Ike Nº 3.630, Iquique; y BRUNO DONATO GIANNONI GRIMALDI, Amunátegui Nº 2.130, departamento Nº 162, Iquique: Modificaron estatutos de “SOCIEDAD COMERCIAL AMORE DELICATO LTDA.” o “AMORE DELICATO LTDA.”, constituida en Notaría de Iquique don Néstor Araya Blazina el 14 de marzo 2013, inscrita a Fs. 524 vuelta Nº 467, Registro Comercio Iquique de 2013. Modificaciones consisten: 1.- SONIA ISABEL MIRANDA MONALDI, poseedora del 50% del capital social, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos que le corresponden en la sociedad a BRUNO DONATO GIANNONI GRIMALDI, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.500.000, pagados en la forma señalada en contrato extractado. 2.- En consecuencia quedan como únicos socios de “SOCIEDAD COMERCIAL AMORE DELICATO LTDA.” o “AMORE DELICATO LTDA.”, TIFFANY KRYSTAL GRASSI MIRANDA con una participación del 50% del capital o patrimonio social y BRUNO DONATO GIANNONI GRIMALDI con una participación del 50% del capital o patrimonio social. 3.- Socias acuerdan modificar cláusula 7º del Estatuto Social referido a la administración y el uso de la razón social, la que corresponderá a cualquiera de los socios, quienes actuando individual, separada e indistintamente, a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán, con las más amplias facultades señaladas en contrato extractado. En todo lo no modificado presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 11 Septiembre 2019.