CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GP Salud SpA

CVE 1663161
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2019
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será : a) Realizar por cuenta propia o de terceros asesorías de todo tipo; la asistencia profesional, prestaciones de servicios, evaluación y consultoría en todas las áreas especialmente en salud, administrativas, comerciales, financieras, tributarias, legales o cualquier otro rubro así como la prestación de servicios médicos y de enfermería; b) la compra y venta, importación y exportación, elaboración, venta y comercialización sea directamente o a través de terceros y en general, la distribución y comercialización al por mayor y al por menor; de toda clase de productos relacionados con la salud humana y animal; c) realizar todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones ;d) y en general la realización de toda clase de inversiones en cualquier rubro, bienes o valores. Pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directa o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora y cualquier otra actividad que los socios acuerden en el futuro; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 27/09/2019 ante mí: doña MARIA JOSE GODOY NECULMAN, administrador, chilena, divorciada, domiciliada en Nocedal número seis mil novecientos cincuenta y cinco, casa O, La Reina, Santiago, Región Metropolitana, mayor de edad, constituyo una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “GP Salud SpA”, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado .- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: El objeto de la sociedad será : a) Realizar por cuenta propia o de terceros asesorías de todo tipo; la asistencia profesional, prestaciones de servicios, evaluación y consultoría en todas las áreas especialmente en salud, administrativas, comerciales, financieras, tributarias, legales o cualquier otro rubro así como la prestación de servicios médicos y de enfermería; b) la compra y venta, importación y exportación, elaboración, venta y comercialización sea directamente o a través de terceros y en general, la distribución y comercialización al por mayor y al por menor; de toda clase de productos relacionados con la salud humana y animal; c) realizar todo tipo de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones ;d) y en general la realización de toda clase de inversiones en cualquier rubro, bienes o valores. Pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directa o participando en otras empresas o sociedades, sea como capitalista o gestora y cualquier otra actividad que los socios acuerden en el futuro; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. DURACION: La sociedad tendrá una duración indefinida a contar de esta fecha. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a un millón quinientos mil pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, se suscriben cien acciones íntegramente por doña MARIA JOSE GODOY NECULMAN, equivalentes al cien por ciento del capital social y cien por ciento de las utilidades que paga en este acto un millón quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya ingresado a caja social . Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 30 de Septiembre de 2019.