MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DISTRIBUIDORA TÍO RICO LIMITADA

RUT 76052495-6 CVE 1663532
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2019
Repertorio
2353/2019
Notario
IVAN ANDRES TOLEDO MORA
Oficio
Tercera Notaría

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios JUAN MANUEL RABANAL CANTO; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE; y don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO, quienes deberán actuar conjuntamente dos de los socios, para el caso vender, transferir, permutar, hacer donaciones y)o enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles. Sin perjuicio de lo anterior, los socios JUAN MANUEL RABANAL CANTO; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE y don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO, podrán actuar de manera separada e indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social y tendrán las más amplias facultades para obligar y representar a la sociedad, salvo la prevención realizada anteriormente, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Igualmente, declaran que: En todo lo no modificado por esta escritura pública regirán íntegramente las estipulaciones de la escritura de constitución referida en la cláusula primera de esta escritura, y sus respectivas modificaciones. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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IVAN ANDRES TOLEDO MORA, abogado, Notario Público Interino de la Tercera Notaría, con oficio en Lautaro Navarro mil cuarenta y ocho, Punta Arenas, Certifica: Por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 09.09.2019, repertorio N° 2.353/2019, comparecieron don JUAN MANUEL RABANAL CANTO, chileno, comerciante, casado y separado de bienes, cédula de identidad número siete millones ciento setenta y ocho mil doscientos sesenta y tres guión ocho; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE, chilena, labores, casada y separada de bienes, cédula de identidad numero ocho millones cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro guión uno; don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO, chileno, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad numero diez millones ochenta y dos mil cuatrocientos noventa y seis guión cinco; doña CAROLINA ANDREA RABANAL ALVARADO, chilena, estudiante, soltera, cedula de identidad numero diecisiete millones novecientos nueve mil seiscientos setenta y cuatro guion nueve, todos chilenos y con domicilio en la ciudad de Punta Arenas, declaran que: LA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DISTRIBUIDORA TÍO RICO LIMITADA, Rut N° 76.052.495-6, se constituyó por escritura pública de fecha dos de enero de dos mil nueve, otorgada ante el Notario Público de Punta Arenas, don Horacio Silva Reyes, repertorio número once guión cero nueve, la cual rola inscrita a fojas noventa y dos vuelta número setenta y cinco del Registro de Comercio de Punta Arenas, del año dos mil nueve, cuyo capital inicial corresponde a la suma de doscientos ochenta y un millones quinientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta pesos y cuyo Rol Único Tributario corresponde al número setenta y seis millones cero cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa y cinco guión seis, actualmente se encuentra vigente y que la administración, representación y uso de la razón social corresponde separada e indistintamente a los socios JUAN MANUEL RABANAL CANTO; y a doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE. Por su parte declaran, que por medio de la escritura extractada, vienen en incorporar a la sociedad a doña CAROLINA ANDREA RABANAL ALVARADO, chilena, estudiante, soltera, cedula de identidad número diecisiete millones novecientos nueve mil seiscientos setenta y cuatro guion nueve, quien aporta la suma de cinco millones de pesos, que se ingresaran al haber social en el plazo de cinco años, con cargo a las utilidades sociales. Consecuencia de lo anterior, la sociedad comercial de responsabilidad limitada “Distribuidora Tío Rico Limitada”, se encuentra actualmente compuesta por los siguientes socios: don JUAN MANUEL RABANAL CANTO; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE; don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO; doña CAROLINA ANDREA RABANAL ALVARADO. Asimismo, los comparecientes vienen en modificar la cláusula Cuarta de la escritura pública de constitución de fecha dos de enero de dos mil nueve, otorgada ante el Notario Público de Punta Arenas, don Horacio Silva Reyes, repertorio número once guión cero nueve, la cual rola inscrita a fojas noventa y dos vuelta número setenta y cinco del Registro de Comercio de Punta Arenas, del año dos mil nueve, en los siguientes términos. Administración. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios JUAN MANUEL RABANAL CANTO; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE; y don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO, quienes deberán actuar conjuntamente dos de los socios, para el caso vender, transferir, permutar, hacer donaciones y/o enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles. Sin perjuicio de lo anterior, los socios JUAN MANUEL RABANAL CANTO; doña JULIA RUTH DEL CARMEN ALVARADO SUBIABRE y don MIGUEL ANGEL RABANAL ALVARADO, podrán actuar de manera separada e indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social y tendrán las más amplias facultades para obligar y representar a la sociedad, salvo la prevención realizada anteriormente, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Igualmente, declaran que: En todo lo no modificado por esta escritura pública regirán íntegramente las estipulaciones de la escritura de constitución referida en la cláusula primera de esta escritura, y sus respectivas modificaciones. Las Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 02 de octubre de 2019.- Punta Arenas, 02-10-2019.