Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 29809-2019
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de toda clase de productos científicos, de artículos ópticos, de accesorios quirúrgicos, tales como, Lupas Quirúrgicas, Lupas Dentales, Luces Frontales y toda clase de aparatos, equipos, instrumentos, y máquinas utilizadas en procesos quirúrgicos, y odontológicos y servicios técnicos relacionados con los anteriores, adquiridos en Chile o en extranjero, para ser comercializados o distribuidos tanto en Chile como en el extranjero, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros; b) La representación, en Chile, o en el extranjero, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) La realización de cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración y uso de la razón social, corresponderá, en calidad de administradores a don CARLOS ALEJANDRO VEGA RIVAS, y a doña CHERIE CATHERINE TOESCA AYARZA, quienes, actuando separada o conjuntamente, por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representarán con plenas facultades señalada en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público de Santiago, Titular de la 41ª Notaría, Huérfanos 1160, Subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, repertorio N° 29.809-2019,don CARLOS ALEJANDRO VEGA RIVAS y doña CHERIE CATHERINE TOESCA AYARZA, ambos domiciliados en Camino del Paisaje, N° 6.747, C-uno, Departamento 302, comuna d e La Florida, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones. Nombre: “DFV LATAM SpA, nombre fantasía “DESINGS FOR VISION” Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de toda clase de productos científicos, de artículos ópticos, de accesorios quirúrgicos, tales como, Lupas Quirúrgicas, Lupas Dentales, Luces Frontales y toda clase de aparatos, equipos, instrumentos, y máquinas utilizadas en procesos quirúrgicos, y odontológicos y servicios técnicos relacionados con los anteriores, adquiridos en Chile o en extranjero, para ser comercializados o distribuidos tanto en Chile como en el extranjero, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros; b) La representación, en Chile, o en el extranjero, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) La realización de cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: $2.000.000.- dividido en 2.000 acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) CARLOS ALEJANDRO VEGA RIVAS, suscribe en este acto, 1.000 acciones por un valor de $1.000.000, eq al 50% de las acciones de la sociedad, cantidad que paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social; b) CHERIE CATHERINE TOESCA AYARZA, suscribe en este acto, 1.000 accionespor un valor de$1.000.000, eq al 50% de las acciones de la sociedad, cantidad que paga en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social.Administración:La administración y uso de la razón social, corresponderá, en calidad de administradores a don CARLOS ALEJANDRO VEGA RIVAS, y a doña CHERIE CATHERINE TOESCA AYARZA, quienes, actuando separada o conjuntamente, por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representarán con plenas facultades señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Stgo. 30/09/2019.- N.P. Félix Jara Cadot.