MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Andritz Chile Limitada

RUT 77470940-1 CVE 1663481
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2019
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTI
Oficio
Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2019, ante el titular, Andritz AG, domiciliada en Statteger Strasse 18, 8.045 Graz, Austria, y Andritz Feed And Biofuel A/S, domiciliada en Glentevej 5-7, 6.705 Esbjerg, Dinamarca, en su calidad de únicos y actuales socios de Andritz Chile Limitada (la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 17.501, N° 14.072, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, acordaron: Uno/ la remoción del director don Michael Krainz, sin que ello forme parte de los estatutos sociales; Dos/ la disminución de la cantidad de directores que componen el Directorio de la Sociedad, pasando de una cantidad de 6 directores a la cantidad de 5 directores, y la modificación de los quórums del Directorio; y Tres/ la modificación de los estatutos en tal sentido, reemplazando: i) la letra /a/ del Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “/a/: Composición. El Directorio estará compuesto por cinco miembros, todos los cuales serán designados y removidos por el socio Andritz AG. Todo nombramiento y remoción de uno o más Directores, para que produzca efecto, deberá constar por escritura pública y ser anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social de la Sociedad.”; y ii) la letra /e/ del Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “/e/ Quorums. Las reuniones del Directorio se constituirán con la asistencia de la mayoría de los Directores en ejercicio. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los Directores asistentes con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente. Se entenderá que participan en las sesiones aquellos Directores que, a pesar de no encontrarse presentes, están comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos de general aplicación, ya sea vía telefónica, video conferencia o cualquier otro medio tecnológico similar que garantice la comunicación simultánea y permanente de todos los miembros.”. En todo lo no modificado por escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad, y en especial la estipulación a que responsabilidad de los socios se entiende limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 25 de septiembre de 2019.