MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SINDICATO PESQUERO DEL NORTE SpA

RUT 76996975-6 CVE 1662262
Capital
$254.151.871 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2019
Notaría
Coronel

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2019
Repertorio
1695-2019
Notario
RENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR
Oficio
Segunda Notaria de Coronel
Comuna
Coronel

Sociedad

Capital
$254.151.871 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR, abogado, notario público titular de la Segunda Notaria de Coronel, con oficio en calle Cochrane nº130, 2º piso, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí el 09 de septiembre de 2019, Repertorio N° 1695-2019, Edita del Rosario Leiva Alvarez, en representación de la sociedad PROCESOS TECNOLOGICOS DEL BIO BIO SpA, rut n° 76.535.500-1, modificó y rectificó parcialmente el estatuto social de SINDICATO PESQUERO DEL NORTE SpA, rol único tributario n° 76.996.975-6, capital social es de $254.151.871.- inscrita a fojas 48v, n°32 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel correspondiente al año 2019: RECTIFICACION: Rectifica lo dispuesto en las cláusulas sexta y primero transitorio de los estatutos sociales, que quedará del modo siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad será de $254.151.871.- los que se suscriben y pagan íntegramente con el aporte en dominio a la sociedad de las Licencias Transables de Pesca que se singulariza a continuación: Licencias Transables de Pesca Clase B sobre el recurso Anchoveta para la unidad de pesquería comprendida entre las Regiones de Arica y Parinacota a Antofagasta, otorgadas por resoluciones exentas nº 500 de 07 de febrero del año 2019, nº 501 de 07 de febrero del año 2019, nº 503 de 07 de febrero del año 2019, nº 504 de 07 de febrero del año 2019, nº 505 de 07 de febrero del año 2019, nº 506 de 07 de febrero del 2019, nº 507 de 07 de febrero del 2019 y nº 510 de 07 de febrero del 2019, todas de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de propiedad SERVICIOS INDUSTRIALES LO ROJAS SpA, rut 76.525.463-9. Las licencias transables de pesca son avaluadas en la siguiente forma: A) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 500 de 07 de febrero del 2019 en $28.286.441.- B) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso Anchoveta, resolución exenta nº de 07 de febrero del 2019, en $28.286.441.- C) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 503 de 07 de febrero del 2019 en $24.429.770.- D) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 504 de 07 de febrero del 2019 en $24.429.770.- E) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 505 de 07 de febrero del 2019 en $24.429.770.- F) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 506 de 07 de febrero del 2019 en $24.429.770.- G) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 507 de 07 de febrero del 2019 en $24.429.770.- y H) Licencia Transable de Pesca Clase B, recurso ANCHOVETA, resolución exenta nº 510 de 07 de febrero del 2019 en $75.430.139.- El aporte de SERVICIOS INDUSTRIALES LO ROJAS SpA es de $254.151.871.-, dividido en 10.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una.”; y, se modifica el Artículo Primero Transitorio, que a partir de ahora debe quedar como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es de $254.151.871.-, dividido en 25.415 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma única serie y de igual valor cada una, por un valor de $10.000.- el cual es suscrito y pagado íntegramente por SERVICIOS INDUSTRIALES LO ROJAS SpA.”- A su vez acuerda modificar la cláusula Séptima, que deberá quedar como sigue, MODIFICACION. SÉPTIMO: Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad, a requerimiento escrito de cualquier accionista, entregará un certificado que acredite la cantidad de acciones inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas que deberá llevar el gerente general a su cargo. Asimismo, a solicitud de cualquier accionista el certificado puede restringirse a solo parte de las acciones inscritas a su nombre. Estos certificados serán nominativos, y deberán ser suscritos por la sociedad a través de su representante, indicando la fecha de su otorgamiento. Por otro lado y para los efectos de las formalidades necesarias para la eventual constitución de prenda u otro derecho real sobre las acciones de la sociedad, el certificado al que se viene haciendo referencia reemplazará al título representativo de las acciones de que se trate. En el evento que un accionista solicite la confección material de los referidos títulos, la forma de los mismos, su emisión, suscripción, entrega, canje, inutilización, extravío, reemplazo, transferencia, transmisión, registro y sus demás circunstancias, se regirán en conformidad a las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Las acciones podrán pagarse en dinero en efectivo o con otros bienes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe. Coronel 01 de octubre de 2019.