SERVICIOS ODONTOLÓGICOS Y ESTÉTICOS FLOR DEL DESIERTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2019
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde esta fecha, prorrogables de forma indicada en escritura extractada
Objeto social
a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la odontología, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, inclusive pero sin ser excluyentes, en especialidades de ortodoncia enfocada en la estética, odontopediatría, cirugía plástica periodontal, implantología, rehabilitación oral, periodoncia, tratamientos y todo otro servicio que los socios acuerden; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público o privado. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a JORGE ANTONIO RUIZ GONZALEZ, quien la representará con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ MIGUEL SEPÚLVEDA GARCÍA, Titular 4ª Notaría, El Loa-Calama, Avda. Balmaceda 1.750, Of. 1 y 2, Edificio Torre Cobre, certifica: Por escritura hoy ante mí DANIELA ANDREA QUIÑINAO SILVA, Presidente Ibañez nº2.450, Comuna Calama, Región Antofagasta y JORGE ANTONIO RUIZ GONZALEZ, Los Boldos nº19.777, Comuna Pudahuel, Región Metropolitana, de paso en ésta, constituyen sociedad de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS ODONTOLÓGICOS Y ESTÉTICOS FLOR DEL DESIERTO LIMITADA”, pudiendo en todo caso actuar ante cualquier persona incluso instituciones financieras bajo el nombre de fantasía “CLINICA DENTAL FLOR DEL DESIERTO LIMITADA”.- OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la odontología, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, inclusive pero sin ser excluyentes, en especialidades de ortodoncia enfocada en la estética, odontopediatría, cirugía plástica periodontal, implantología, rehabilitación oral, periodoncia, tratamientos y todo otro servicio que los socios acuerden; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público o privado. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a JORGE ANTONIO RUIZ GONZALEZ, quien la representará con las más amplias facultades de administración y disposición. CAPITAL: $4.000.000.-, aportados de la siguiente forma: DANIELA ANDREA QUIÑINAO SILVA, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $2.000.000.-, aporte del socio que es equivalente al 50% del capital social y JORGE ANTONIO RUIZ GONZALEZ, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $2.000.000.-, aporte del socio que es equivalente al 50% del capital social. - UTILIDADES y PÉRDIDAS: Se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes. RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de los respectivos aportes. DURACIÓN: 5 años contados desde esta fecha, prorrogables de forma indicada en escritura extractada.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Calama, 23 de Septiembre de 2019.