SC Quebrada Blanca SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 9020-2019
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- 5 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SUMITOMO CORPORATION | socio | 59063400-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público 5 Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique Nº 30, Oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2019, repertorio N° 9020-2019, ante mí, SUMITOMO CORPORATION, Rol Único Tributario N° 59.063.400-K, domiciliado en calle Orinoco Nº 90, oficina 2002, Las Condes, Región Metropolitana, modificó los estatutos de SC QUEBRADA BLANCA SpA (inscrita a fs. 9.892 N° 5.331 Reg. Com. Año 2019), en el sentido de aumentar el capital. A tal efecto: i) reemplazó íntegramente el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la Sociedad es la cantidad de doscientos trece millones quinientos diez mil doscientos cincuenta y dos dólares de los Estados Unidos de América /“Dólares”/, dividido en veintiún mil trescientas cincuenta y una acciones ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscribe, paga y pagará en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y ii) reemplazó el artículo primero transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de doscientos trece millones quinientos diez mil doscientos cincuenta y dos Dólares, dividido en veintiún mil trescientas cincuenta y una acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: i) dieciséis mil trescientas noventa y dos acciones que se encuentran suscritas y pagadas por el accionista SUMITOMO CORPORATION; y ii) cuatro mil novecientas cincuenta y nueve acciones suscritas por el accionista SUMITOMO CORPORATION, y que deberán quedar íntegramente pagadas dentro del plazo de tres años a contar del nueve de septiembre de dos mil diecinueve.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 11 de septiembre de 2019.- Patricio Raby Benavente. Notario Público.