INMOBILIARIA E INVERSIONES PAULOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la sociedad es de diez años contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período
- Ley aplicable
- Ley 3.928
Objeto social
a) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros. b) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y c) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados
Administración
La Administración y el uso de la razón social corresponderá a Martin Stuckrath Cammas, a Josefina Stuckrath Cammas, a Tomas Ignacio Lorca Cammas, a Catalina Lorca Cammas, a Raimundo Lorca Cammas y a Rodrigo Lorca Cammas quienes representarán a la sociedad con las más amplias facultades indicadas escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico, que por escritura de fecha 16 de septiembre del año 2019, ante mí, Inversiones La Viña SpA, domiciliada en Andres de Vera número cinco mil sesenta y siete, departamento quinientos dos B, Comuna de Las Condes, y Martin Stuckrath Cammas, y Tomas Ignacio Lorca Cammas, ambos mismo domicilio, en sus calidades de únicos y actuales accionistas, según registro de accionistas tenido a la vista, modificaron sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES PAULOR SPA. Según se indica a continuación: Transformación: Los socios acordaron transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cambiando su especie social, la que será en todo, su continuadora legal, la que se regirá por los estatutos sociales, las disposiciones de la Ley 3.928: Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES PAULOR LIMITADA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores pueden abrir. Administración: La Administración y el uso de la razón social corresponderá a Martin Stuckrath Cammas, a Josefina Stuckrath Cammas, a Tomas Ignacio Lorca Cammas, a Catalina Lorca Cammas, a Raimundo Lorca Cammas y a Rodrigo Lorca Cammas quienes representarán a la sociedad con las más amplias facultades indicadas escritura. Duración: La duración de la sociedad es de diez años contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Objeto: a) Invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. b) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y c) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Capital: EL capital de la sociedad es la suma de 10 millones de pesos, que corresponde al capital estatutario de la sociedad, que ha sido íntegramente pagado con anterioridad a este acto. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, esto es, Inversiones La Viña SpA la suma de 9 millones de pesos y Tomas Lorca Cammas en conjunto con Martin Stuckrath Cammas, la suma de 1 millón de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 25 de septiembre de 2019.