Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2019
- Notario
- CARLOS VILA MOLINA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS VILA MOLINA, Notario Público Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura del 07 de septiembre 2019, ante mí: YEZMIN JUSTINIANO RODRIGUEZ, boliviana con residencia permanente en Chile, comerciante, constituye sociedad por acciones, razón social “YOTUEL SpA”, domicilio Iquique; la administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por YEZMIN JUSTINIANO RODRIGUEZ con todas las facultades de escritura de constitución; capital $5.000.000 equivalente a 5.000 acciones, YEZMIN JUSTINIANO RODRIGUEZ suscribe 5.000 acciones, correspondientes al 100% del capital social, íntegramente pagadas en dinero efectivo; objeto de la sociedad: la Importación, Exportación, Distribución, compra y venta al por mayor y al detalle, la Representación, Comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes y mercaderías, nuevos o usados, tales como textil, calzado, artículos para el hogar y línea blanca, repuestos automotrices, equipos computacionales, maquinarias, vehículos, menaje, ropa, electrónicos, y en general toda clase de bienes muebles de procedencia nacional o extranjera; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que como usuaria de las Zonas y Depósitos Francos establecidos o que se establezcan en el país y la ejecución de actividades contempladas al efecto en el Decreto Ley número mil cincuenta y cinco de mil novecientos setenta y cinco y sus modificaciones, así como las actividades comerciales que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; la sociedad tendrá duración indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. Demás estipulaciones en contrato extractado. IQUIQUE, 30 de septiembre de 2019.-