Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2019
- Notario
- MARÍA ANGÉLICA GALÁN BAUERLE
- Oficio
- 17 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales y)o incorporales, b) la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, raíces, urbanos, rústicos, o agrícolas; c) la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, de derechos cuotas sobre ellos, como terrenos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, e inmuebles o bienes raíces en general, junto a la explotación de los mismos; d) la realización de obras civiles, construcción de toda clases de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuenta propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia; y la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles; e) asimismo podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, emitidos por sociedades particulares o por el Estado, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro para cumplimiento del giro social; f) Asimismo podrá efectuar la gestión inmobiliaria, arriendo y subarriendo de bienes raíces y toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado; g) Asimismo la sociedad podrá importar, exportar, comprar, vender, comercializar y distribuir toda clase de mercaderías y productos, necesarios para la inversión, construcción, mantención e inversión inmobiliaria y mobiliaria, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto social; h) y podrá realizar, en la actualidad o en el futuro, cualquier otra actividad conexa con las anteriores, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, para la consecución, complemento y desarrollo del
Administración
la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, corresponderá a RODRIGO ANDRÉS PINTO VÁSQUEZ y a SAMIR ELÍAS FARAH GODOY
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA ANGÉLICA GALÁN BAUERLE, Abogado, Notario Público, Titular 17 Notaria de Santiago, Amunátegui 361, Certifico: por escritura de fecha 25 de septiembre de 2019, ante mí, RODRIGO ANDRÉS PINTO VÁSQUEZ, chileno, casado con separación de bienes, Ingeniero Civil industrial, cédula de identidad N° 15678856-2, Santos Dumont 190 depto 1005 comuna de Recoleta; y SAMIR ELÍAS FARAH GODOY, chileno, soltero, Ingeniero Civil Mecánico, cédula de identidad N° 15679335-3, San Eugenio1331, departamento mil doscientos dos A, comuna de Ñuñoa, ambos comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con la cédula antes citada y exponen, que constituyen una sociedad por acciones. NOMBRE DE LA SOCIEDAD: “SOCIEDAD DE INVERSIONES RIO MELPUE SpA”, nombre de fantasía “INVERSIONES MELPUE SpA”.- OBJETO: a) la inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales y/o incorporales, b) la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, raíces, urbanos, rústicos, o agrícolas; c) la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, de derechos cuotas sobre ellos, como terrenos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, e inmuebles o bienes raíces en general, junto a la explotación de los mismos; d) la realización de obras civiles, construcción de toda clases de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuenta propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia; y la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles; e) asimismo podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, emitidos por sociedades particulares o por el Estado, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro para cumplimiento del giro social; f) Asimismo podrá efectuar la gestión inmobiliaria, arriendo y subarriendo de bienes raíces y toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado; g) Asimismo la sociedad podrá importar, exportar, comprar, vender, comercializar y distribuir toda clase de mercaderías y productos, necesarios para la inversión, construcción, mantención e inversión inmobiliaria y mobiliaria, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto social; h) y podrá realizar, en la actualidad o en el futuro, cualquier otra actividad conexa con las anteriores, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, para la consecución, complemento y desarrollo del objeto social. ADMINISTRACIÓN: la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, corresponderá a RODRIGO ANDRÉS PINTO VÁSQUEZ y a SAMIR ELÍAS FARAH GODOY.- CAPITAL: la suma de veinte millones de pesos, dividido en doscientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: RODRIGO ANDRÉS PINTO VÁSQUEZ, suscribe cien acciones, equivalentes a diez millones de pesos; y SAMIR ELÍAS FARAH GODOY, suscribe cien acciones, equivalentes a diez millones de pesos, capital que los constituyentes pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo el cual ingresa a la caja social.- DOMICILIO: ciudad de Santiago.- DURACIÓN: indefinida.- RESPONSABILIDAD: constituyentes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura. Santiago, 26 de Septiembre 2019.- M. Angélica Galán Bäuerle.- Not. Tit.