MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

HACIENDA SAMO ALTO S.A.

RUT 76046915-7 CVE 1662003
Capital
$129.248.395 CLP
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$129.248.395 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUIN LABBE DONOSO, Notario Suplente del Titular de la 45 Notaría de Santiago don René Benavente Cash, ambos Huérfanos 979 piso 7, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha de 04 de Septiembre de 2019, ante el titular, JORGE ALBERTO DEL RIO VARELA, chileno, divorciado, martillero público, con domicilio en calle San Antonio Nº 220, oficina 806, comuna de Santiago; NICOLÁS DEL RÍO NOÉ, chileno, soltero, ingeniero agrónomo, del mismo domicilio del anterior, quién comparece en representación de "INVERSIONES Y ASESORIAS USHUAIA LIMITADA", del giro de su denominación, de su mismo domicilio; y en representación de MARIA VERONICA APEY DEL RIO, chilena, casada, labores de casa, con domicilio en los Estados Unidos de Norte América, Cinco Northmoor Road, West hartford, Connecticut, 06117, en Junta Extraordinaria de Accionista que representan la totalidad de las acciones de la misma, rectifican y modifican la sociedad "HACIENDA SAMO ALTO S.A.", R.U.T. 76.046.915-7, constituida por escritura pública de 30 de septiembre del 2008, Rep. 17.660-2008, otorgada ante doña Margarita Moreno Zamorano, Notario Suplente del Titular de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador del ramo de la ciudad de Ovalle a fojas 303 vuelta número 150 del año dos mil ocho, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº 39.216 del día 19 de noviembre del año previamente citado. Rectificación y Modificación consiste: Uno).- Aclaran y rectifican lo expuesto en el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social inicial, en el sentido de señalar de que en este se ha incurrido en un error de cálculo matemático en el valor individual de las acciones suscritas y pagadas por cada uno de los socios, situación que se corrige en la escritura extractada en la forma que esta misma indica conforme a los valores que correctamente se han indicado en las letras "a", "b" y "c" de su cláusula quinta. Dos).- Modifican y reemplazan el ARTICULO QUINTO, del TITULO SEGUNDO, del Estatuto Social original sobre capital y acciones, el que queda a partir de esta fecha como se pasa a señalar: "El capital de la sociedad asciende a la suma de $129.248.395.- dividido en mil acciones ordinarias de una misma y única serie, sin valor nominal y sin privilegio alguno, las que a la fecha se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los socios, en la misma proporción accionaria que se indicó en el Artículo Primero Transitorio el estatuto social original; es decir, "INVERSIONES Y ASESORIAS USHUAIA LIMITADA", ha suscrito y pagado doscientas acciones, por un valor total de $25.849.679.-; doña MARIA VERONICA APEY DEL RIO, ha suscrito y pagado cien acciones, por un valor total de $12.924.839.-; y don JORGE ALBERTO DEL RIO VARELA, ha suscrito y pagado setecientas acciones, por un valor total de $90.473.877.-" Tres).- Por último, en relación con la modificación de la cláusula del capital social y acciones, señalan lo siguiente: a).- Que han estado de acuerdo en disminuir el capital social a la suma de $129.248.395.-, mediante la devolución a los accionistas de la suma total y única de $793.511.377.- b).- Que el capital propio inicial de la sociedad de $828.750.000.-, ha sido revalorizado conforme a balance y estados financieros debidamente auditados y aprobados en Junta Ordinaria de Accionistas al 31 de diciembre de 2013, en una suma de $94.009.772.-, que convierte el capital final revalorizado de la sociedad en la suma de $922.759.772.-, valores finales de los cuales se devuelven y distribuyen entre los tres socios, como ya se ha acordado, en la suma total de $793.511.377.-, de la siguiente manera: Uno).- A "INVERSIONES Y ASESORIAS USHUAIA LIMITADA", se le devuelve la suma de $95.258.000.-; Dos).- A doña MARIA VERONICA APEY DEL RIO, se le devuelve la suma de $70.858.500.-; y Tres).- A don JORGE ALBERTO DEL RIO VARELA, se le devuelve la suma de $627.394.877.- b).- En consecuencia, de ese capital revalorizado vía corrección monetaria, ha quedado como nuevo capital social estatutario, un saldo que corresponde a la suma de $129.248.395.-, que constituye el nuevo capital social incorporado en la modificación indicada previamente. En lo que no se modifica por escritura extractada seguirán vigentes las cláusulas del pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Septiembre de 2019.