MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA SOLIS Y MONTALVO LIMITADA

RUT 76749259-6 CVE 1661576
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2019
Notario
CARLOS VILA MOLINA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS VILA MOLINA, Notario Público Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura del 24 de septiembre 2019, ante mí: SERGI MOHAN SOLIS SOTO, peruano, ingeniero comercial, y ALEXANDRA MAGALY VERA ZAMBRANO, ecuatoriana, comerciante, por sí y en representación de don RICARDO MOISÉS MONTALVO ÁVILA, ecuatoriano, trabajador dependiente, modifican sociedad “COMERCIALIZADORA SOLIS Y MONTALVO LIMITADA” nombre de fantasía de "LIBRERÍA PUNTO & COMA LTDA.", constituida por escritura pública de 01 de Junio del año 2017, otorgada ante la Notario Público de Iquique, doña María Antonieta Niño de Zepeda Parra, repertorio número 2.351 del año 2017, inscrita a fojas 810 Nº634, en el Registro de Comercio de Iquique, del año 2017, con un capital de $8.000.000, asignándosele el Rol Único Tributario número 76.749.259-6, el extracto antes referido fue publicado en el Diario Oficial dentro de los plazos legales; RICARDO MOISÉS MONTALVO ÁVILA, vende cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales en el capital, acciones, privilegios y beneficios acumulados en la sociedad equivalentes al 50% del haber social, a doña ALEXANDRA MAGALY VERA ZAMBRANO, quien lo compra y adquiera para sí. El precio de esta cesión es $4.000.000 pagados en dinero efectivo y de contado; quedan como socios y con la siguiente participación en el haber social: Quedan como socios SERGI MOHAN SOLIS SOTO, con el 50% de participación en el haber social, y ALEXANDRA MAGALY VERA ZAMBRANO, con el 50% de participación en el haber social.- Seguirán vigentes cláusulas del pacto social primitivo en todo lo que no se ha modificado por la presente escritura y mantienen todas y cada una de sus cláusulas que no sean contradictorias con las modificaciones que se han expresado en esta escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada.- IQUIQUE, 30 septiembre de 2019.-