MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL ALTASUR CHILE LIMITADA

RUT 76093924-2 CVE 1661825
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2019
Notario
Alberto Eduardo Rojas López
Oficio
6° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alberto Eduardo Rojas López, Notario público titular de la 6° Notaría de Santiago, Compañía N° 1085, piso 14, Santiago. Certifico: Por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2019, ante mí: VINKO SpA; ACOC SpA; GAD INVERSORA SpA; LSF INVERSORA SpA; en su calidad de únicos y actuales accionistas de las sociedades COMERCIAL ALTASUR CHILE LIMITADA “la absorbente” inscrita a fojas 16.080, número 10.916, del Registro de Comercio de Santiago año 2010 y EXPORTADORA ALTASUR SpA “la absorbida” inscrita a fojas 72.018, número 47.594, del Registro de Comercio de Santiago año 2013, decidieron: 1) La fusión por incorporación de EXPORTADORA ALTASUR SpA en COMERCIAL ALTASUR CHILE LIMITADA. De este modo, la segunda sociedad, “la absorbente”, adquiere e incorpora la totalidad del activo y pasivo de la primera, “la absorbida”, cuyo patrimonio consta en balance general determinado al día 30 de junio de 2019. Como lógica consecuencia del acuerdo de fusión por incorporación, la absorbente sucederá a la absorbida en todos sus derechos y obligaciones y, además, se incorporan a la absorbente todos socios, el capital y patrimonio íntegro de EXPORTADORA ALTASUR SpA. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales accionistas de esta última, acuerdan la disolución anticipada de la absorbida, una vez que quede totalmente legalizada la fusión. 2) : Modificación del pacto social en cuanto al nuevo capital. Las partes dejan constancia que el ARTICULO QUINTO del pacto social de COMERCIAL ALTASUR CHILE LIMITADA se modifica como consecuencia de la fusión aumentándose el capital social de la actual suma de $2.000.000 a la nueva suma de $3.000.000, que se paga con el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia, el mencionado artículo queda de la siguiente manera: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $3.000.000, íntegramente pagados, en partes iguales, por los socios ACOC SpA, VINKO SpA, GAD INVERSORA SpA y LSF INVERSORA SpA, todas con el 25% de los derechos sociales. Los actuales socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes y participaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26, septiembre de 2019.