MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Yapo.cl SpA

RUT 76169003-5 CVE 1661157
Capital
$14.637.162.797 CLP
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2019
Repertorio
18212/2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
27 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.637.162.797 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino, 27 Notaría Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de 04 de septiembre de 2019, repertorio Nº 18212/2019 otorgada ante mí, se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 02 de agosto de 2019, se modificó la sociedad por acciones “Yapo.cl SpA”, aumentando el capital social desde $14.637.162.797.-, dividido en 7.424.953.556 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $15.566.059.638.-, dividido en 8.353.850.397 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante emisión de 928.896.841 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y todas de una misma serie, por $928.896.841.- íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en la escritura extractada. En consecuencia, se modificó Artículo Tercero Permanente y Cuarto Transitorio de los Estatutos Sociales, quedando el Artículo Tercero como sigue: “ARTICULO TERCERO: Capital y Acciones. El capital social de la sociedad es la suma de $15.566.059.638.-, dividido en 8.353.850.397 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma, plazo y condiciones establecidos en los artículos transitorios de los presentes estatutos. Todas las acciones son de carácter ordinario.” En consecuencia, las 8.353.850.397 acciones en que se divide el capital se encuentran íntegramente suscritas y pagadas de conformidad a lo acordado en la Junta de Accionistas de fecha 02 de agosto de 2019. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2019.