Turismo SM SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Notario
- ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
- Domicilio
- Linares
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Abogado y Notario Público Titular de Linares, con oficio en calle Chacabuco 551-A, de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, don CLAUDIO RAFAEL JADUE JADUE, modificó sociedad por acciones denominada “Turismo SM S.p.A.”, Rut 77.038.744-2, Capital $1.000.000.-, inscrita con número de registro fojas 179 número 124 del año 2019 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares. En el sentido de modificar el “ARTÍCULO DÉCIMO” de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO: La sociedad será administrada por un Gerente General conjunta o separadamente con un Gerente de Operaciones, los cuales pueden ser o no accionistas, y deben ser elegidos por la Junta de Accionistas. No obstante lo indicado, se nominará el Gerente General con carácter provisorio en los artículos transitorios de la presente escritura, el que funcionará hasta que no sean elegidos Gerentes Definitivos en Junta Ordinaria de Accionistas. Los Gerentes podrán ser reelegidos, indefinidamente, en sus funciones y serán remunerados, salvo el Gerente General provisorio, que actuará gratuitamente hasta que se celebre la Primera Junta Ordinaria de Accionistas, la que deberá definir la cuantía su remuneración posterior o la gratuidad del cargo. La cuantía de las remuneraciones será fijada o ratificada anualmente por la Junta Ordinaria de Accionistas o de común acuerdo entre las partes. Si, por cualquier causa, no se celebrare, en la época establecida, la Junta Ordinaria de Accionistas llamada a hacer la elección de los Gerentes, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren sido nombrados en el articulado transitorio, hasta que se le nombre reemplazante a aquél, o a los Gerentes que estuvieren en funciones. Cada uno de los Gerentes de la sociedad, conjunta o separadamente, y de la manera indicada en los artículos transitorios de estos estatutos la representará judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. Lo anterior no obsta a que la Junta de Accionistas o el o los Gerentes puedan delegar parte de sus facultades en otros terceros, accionistas o abogados de la Sociedad, o en otras personas para objetos precisos y determinados, los que sí deberán ser mencionados expresamente.”. En cuanto a la sección de “DISPOSICIONES TRANSITORIAS”, se agrega un nuevo artículo transitorio tercero en los siguientes términos: “ARTÍCULO TRANSITORIO TERCERO: Los comparecientes, accionistas constituyentes y titulares de la sociedad, designan como Gerente General y Presidente de la Junta de Accionistas, a don CLAUDIO RAFAEL JADUE JADUE, ya individualizado, nombramiento que será válido mientras no sea revocado por La Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas de la compañía y que tendrá las facultades señaladas en el artículo undécimo de estos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Linares, 3 de Septiembre de 2019.