SERVICIOS MEDICOS PEDIADHER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2019
- Notario
- HUGO PATRICIO MONROY FOIX
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Público de Quillota, calle O’Higgins Nº 414, certifico: Por Escritura Pública de fecha 12 de Septiembre de 2019, otorgada ante mí, Claudio Esteban Poblete Galarce, Nicole Alejandra Poblete Rojas, ambos con domicilio en Parcela 14, Lote 2, San Isidro, comuna de Quillota, y Jorge Orlando Hernandez Arancibia, domiciliado calle Carlos Morales 217, comuna de La Cruz, otorgaron escritura de modificación de sociedad “SERVICIOS MEDICOS PEDIADHER LIMITADA” nombre de fantasía “PEDIADHER LTDA.”, RUT 76.907.960-2, constituida escritura pública 30 de Mayo de 2007, ante notario público La Calera Lidia Maria Chahuan Issa, inscrita fojas 133 número 120, Registro de Comercio año 2007, Conservador Bienes Raíces Quillota, capital $2.000.000, domicilio Quillota. CESIÓN DERECHOS SOCIALES: Jorge Orlando Hernandez Arancibia cede a Nicole Alejandra Poblete Rojas total de sus derechos que asciende a un 1%, precio $20.000, pagado al contado y Claudio Esteban Poblete Galarce cede a Nicole Alejandra Poblete Rojas, un 34% de los derechos en la sociedad, precio $680.000, pagado al contado. Quedan como socios Claudio Esteban Poblete Galarce y Nicole Alejandra Poblete Rojas con 65% y 35% respectivamente de participación social.- MODIFICACIONES: cláusula segunda de escritura constitutiva, el objeto social será: A) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, enfermería y laboratorio clínico, en forma directa o a través de convenios, a particulares o instituciones en consulta, domicilio y en clínicas y hospitales, atenciones quirúrgicas, atención y toma de exámenes de laboratorio, ecografías y técnicas en medicina computacional; B) La prestación de servicios profesionales médico veterinarios, en forma directa o a través de convenios, en consulta, domicilio y en clínicas o establecimientos veterinarios, atenciones quirúrgicas, exámenes e Imagenología y; C) en general todo negocio lícito que los socios acuerden, relacionado o no con los anteriores.- En todo lo no modificado por este instrumento mantiene su vigencia el pacto social.- Quillota, 23 de Septiembre de 2019.-