INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES DEL BOSQUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2019
- Comuna
- Notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la adquisición, administración, explotación, comercialización y enajenación en forma directa o indirecta de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, amoblados o sin amoblar; b) la gestión inmobiliaria en general, y la compra, venta, arriendo, loteo y urbanización de bienes inmuebles, c) la participación en sociedades, sean anónimas o de personas, asociaciones y comunidades, d) el desarrollo de negocios y explotación de todo género de negocios y proyectos inmobiliarios, turísticos, servicios de trasporte turístico, por cuenta propia o ajena, y recreativos. Para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a ello, incluso adquirir y enajenar a cualquier título, acciones o derechos en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier naturaleza, formarlas, ingresar a ellas, administrarlas o intervenir en su administración, modificarlas, transformarlas, fusionarlas y ponerles termino, e) la explotación y administración por cuenta propia y ajena, de todo tipo de actividades inmobiliarias, f) la administración explotación y enajenación de todos los negocios señalados precedentemente y g) asimismo tendrá además por objeto invertir, con fines rentísticos de largo plazo, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, ubicados en Chile o en el extranjero, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo de objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos, dejándose constancia, por ende, que la sociedad no podrá desarrollar actividad primaria segundaría terciaria alguna, en especial, actividades comerciales o industriales y aquellas referidas en el Decreto Ley número tres mil sesenta y tres del año mil novecientos setenta y nueve, sobre rentas Municipales, y sus modificaciones
Administración
La administración, gerencia general, como así también la representación ante el Servicio de Impuestos Internos y uso del nombre social corresponderá a RODRIGO ALFREDO BRAVO DÍAZ, el que actuando personalmente o debidamente representado, y anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración establecidas en el pacto societario
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario de Santiago, Titular de la 15 Notaría, Santa Magdalena 98, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 28 de Agosto de 2019, otorgada ante mi, DANIELA MABEL FARIAS ROZAS y RODRIGO ALFREDO BRAVO DÍAZ, ambos domiciliados para estos efectos en calle Francisco de Villagra N° 385 Dp. 167, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes eran socios en la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES DEL BOSQUE LIMITADA”, sociedad que fue constituida por escritura publica de fecha 13 de diciembre de 2013, otorgada en la Notaría Notaría de Santiago de don Zorán Ostoic Marroquin, inscrita a fs. 98.814 N° 64.575 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013. Socia DANIELA MABEL FARÍAS ROZAS vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad al socio RODRIGO ALFREDO BRAVO DÍAZ, quien compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $500.000, pagados al contado. Como consecuencia de la cesión, queda como único socio de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES DEL BOSQUE LIMITADA”, don RODRIGO ALFREDO BRAVO DÍAZ, quien procede a transformar la sociedad de Responsabilidad Limitada a una sociedad por Acciones, la que se regirá por los estatutos que se indican a continuación: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES DEL BOSQUE SpA”. Objeto: a) la adquisición, administración, explotación, comercialización y enajenación en forma directa o indirecta de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, amoblados o sin amoblar; b) la gestión inmobiliaria en general, y la compra, venta, arriendo, loteo y urbanización de bienes inmuebles, c) la participación en sociedades, sean anónimas o de personas, asociaciones y comunidades, d) el desarrollo de negocios y explotación de todo género de negocios y proyectos inmobiliarios, turísticos, servicios de trasporte turístico, por cuenta propia o ajena, y recreativos. Para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a ello, incluso adquirir y enajenar a cualquier título, acciones o derechos en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier naturaleza, formarlas, ingresar a ellas, administrarlas o intervenir en su administración, modificarlas, transformarlas, fusionarlas y ponerles termino, e) la explotación y administración por cuenta propia y ajena, de todo tipo de actividades inmobiliarias, f) la administración explotación y enajenación de todos los negocios señalados precedentemente y g) asimismo tendrá además por objeto invertir, con fines rentísticos de largo plazo, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, ubicados en Chile o en el extranjero, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo de objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos, dejándose constancia, por ende, que la sociedad no podrá desarrollar actividad primaria segundaría terciaria alguna, en especial, actividades comerciales o industriales y aquellas referidas en el Decreto Ley número tres mil sesenta y tres del año mil novecientos setenta y nueve, sobre rentas Municipales, y sus modificaciones. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado. Administración y Representación. La administración, gerencia general, como así también la representación ante el Servicio de Impuestos Internos y uso del nombre social corresponderá a RODRIGO ALFREDO BRAVO DÍAZ, el que actuando personalmente o debidamente representado, y anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración establecidas en el pacto societario. Vigencia: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá un plazo de duración indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de Septiembre de 2019.-