MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIAL HOT & COLD LIMITADA

RUT 77713950-9 CVE 1661280
Capital
$212.158.168 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$212.158.168 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La fabricación, elaboración, importación, exportación, distribución, consignación, representación, compra, venta y comercialización, por mayor y al detalle, de equipos dispensadores de agua y de toda otra clase de artículos, mercaderías y bienes muebles; b) La prestación de servicios de planificación, administración, desarrollo y ejecución de proyectos y actividades industriales; c) El arrendamiento de establecimientos industriales y de equipos y maquinarias para la industria, y d) El suministro de personal profesional, técnico, operarios y servicios para empresas industriales, comerciales y de inversión;

Administración

corresponde conjuntamente a don Pablo Daniel Szuldman y a don Gustavo Ariel Szuldman;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 05 de septiembre de 2019, ante mí, don PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro, y don GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, como actuales y únicos socios de Industrial Hot & Cold Limitada, acordaron reconocer y capitalizar el saldo equivalente a $209.356.627.- de la cuenta Revalorización de Capital Propio. Considerando lo anterior, los comparecientes acordaron dividir Industrial Hot & Cold Limitada, naciendo una nueva sociedad de responsabilidad limitada de nombre “GREMU DOS LIMITADA”, a partir de Balance de División al 31 de julio de 2019, disminuyendo el capital de Industrial Hot & Cold Limitada, como continuadora legal, desde la suma de $212.356.627.-, a la suma de $212.158.168.-, que es el capital suscrito y pagado de Industrial Hot & Cold Limitada. Con lo cual, tras la división, se distribuye a la nueva sociedad un capital social de $198.459.- Considerando lo anterior, los comparecientes, en su calidad de actuales y únicos socios de Industrial Hot & Cold Limitada, acuerdan transformar dicha sociedad, en una sociedad por acciones, la que será continuadora legal para todos los efectos, sin solución de continuidad, y que se regirá por el Código de Comercio, la Ley de Sociedades Anónimas y las demás leyes supletorias aplicables, y por los estatutos que se extractan a continuación: /Uno/ PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro, y /Dos/ GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, constituyeron sociedad por acciones: Razón social: “INDUSTRIAL HOT & COLD SpA”; Objeto: a) La fabricación, elaboración, importación, exportación, distribución, consignación, representación, compra, venta y comercialización, por mayor y al detalle, de equipos dispensadores de agua y de toda otra clase de artículos, mercaderías y bienes muebles; b) La prestación de servicios de planificación, administración, desarrollo y ejecución de proyectos y actividades industriales; c) El arrendamiento de establecimientos industriales y de equipos y maquinarias para la industria, y d) El suministro de personal profesional, técnico, operarios y servicios para empresas industriales, comerciales y de inversión; Domicilio: Santiago; Duración: Indefinida; Capital: $212.158.168.-, dividido en 212.158.168 acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por don Pablo Daniel Szuldman y don Gustavo Ariel Szuldman. Por último, los comparecientes aprueban los estatutos sociales de la nueva sociedad que se crea, GREMU DOS LIMITADA, los cuales se extractan a continuación: /Uno/ PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro y /Dos/ GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “GREMU DOS LIMITADA”; Administración: corresponde conjuntamente a don Pablo Daniel Szuldman y a don Gustavo Ariel Szuldman; Capital: $198.459.-, que se aporta y paga, por un parte, por el socio don Pablo Daniel Szuldman, con $99.230, y, por otra, por el socio don Gustavo Ariel Szuldman, con $99.229, íntegramente pagado; Objeto: a) La fabricación, elaboración, importación, exportación, distribución, consignación, representación, compra, venta y comercialización, por mayor y al detalle, de equipos dispensadores de agua y de toda otra clase de artículos, mercaderías y bienes muebles; b) La prestación de servicios de planificación, administración, desarrollo y ejecución de proyectos y actividades industriales; c) El arrendamiento de establecimientos industriales y de equipos y maquinarias para la industria, y d) El suministro de personal profesional, técnico, operarios y servicios para empresas industriales, comerciales y de inversión; Duración: 3 años, con prórroga automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2019.