MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IMPAKTO SpA

RUT 76519250-1 CVE 1660924
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2019
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 2 de septiembre de 2019, ante mí: Don JORGE LUIS ECHEVARRÍA RIQUELME, C.I. N° 8.710.461-3, domiciliado en Av. Andrés Bello N° 2.777, oficina 2101, Las Condes, Región Metropolitana, redujo el Acta de Junta de Accionistas N° 1-2019 de la sociedad “IMPAKTO SpA”, sociedad inscrita a Fs. 15.236, Nro. 10.534, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006, celebrada el día 2 de septiembre de 2019, en que don Mario Dabed Jamis en representación de Inversiones Pirque Limitada, domiciliada en Atamu Tekena V2-111, comuna de Hanga Roa, Región de Valparaíso y don Sergio Jalaff Sanz en representación de Inversiones El Olivo SpA, domiciliada en Cerro Colorado Nº 5240, piso 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; únicas y actuales accionistas de la Sociedad, acordaron: 1) Ampliar el giro de la sociedad, incluyendo en éste: a) La prestación de todo tipo de servicios de consultoría y asesoría en materias comerciales, financieras, contables, tributarias, de marketing y gestión de empresas en general; b) La inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro, y c) Cualquier otra actividad que los accionistas determinen.; y 2) Modificar el estatuto social en el sentido de sustituir texto del artículo tercero por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) Comprar, vender, confeccionar, distribuir, publicitar, importar, exportar, dar y tomar en arrendamiento, subarrendamiento o concesiones toda clase de bienes, productos y artículos publicitarios, como material gráfico, digital, catálogos, afiches, volantes, letreros y espacios; b) La prestación de todo tipo de servicios de consultoría y asesoría en materias comerciales, financieras, contables, tributarias, de marketing y gestión de empresas en general; c) La inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro, y d) Cualquier otra actividad que los accionistas determinen.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2019.