Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2019
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEUGENIO JIMÉNEZ LARRAIN, Notario Ovalle, Vicuña Mackenna 370, of. 7 y 8, certifica: por escritura publica hoy, ante mí, don DIEGO ANDRES ROJAS JAMETT, Run N° 17.711.306-9, domiciliado en calle Libertad N° 680, ciudad y comuna de Ovalle, ha constituido una sociedad por acciones denominada "FASTER BORDER SpA". El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, importación, exportación, reexpedición, comisión, consignación, distribución, intermediación, representación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, productos manufacturados, insumos, mercaderías en general, inclusive todo tipo de bebidas alcohólicas y/o analcohólicas; artículos domésticos o de hogar, de oficina e industriales; prendas de vestir, calzados u otros productos afines; alimentos en general, actividad de restaurant, comida rápida, comida prepara para llevar, equipos para restaurant y, en general para la gastronomía; Metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado; joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, cuero e imitaciones de cuero o productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y guarnicionería; juguetes, accesorios electrónicos, menaje en general; bicicleta y accesorios para bicicleta, bicicleta eléctrica y accesorios, repuestos para bicicleta eléctrica; b) En general, la realización de todo género de actividades, operaciones, negocios, actos o contratos, directa o indirectamente relacionados con el objeto social, tales como el transporte de mercaderías o flete de las mismas y otras actividades comerciales o industriales que surjan en el futuro y que los socios acuerden dentro del marco legal del artículo tercero del Código de Comercio, pudiendo actuar dentro de los regímenes generales y especiales establecidos para Zonas Francas del país o extranjeras, cumpliendo con las disposiciones legales en vigor..- El DOMICILIO de la sociedad será la ciudad de OVALLE sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. La DURACIÓN de la sociedad será INDEFINIDA. El CAPITAL de la sociedad es la suma de dos millones de pesos ($2.000.000), dividido en dos mil (2.000) acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital mencionado se suscribe y paga en este acto por su accionista quien paga su aporte conforme lo expresado en la clausula primero transitorio. El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a don DIEGO ANDRES ROJAS JAMETT, quien podrá, en nombre y representación de la Sociedad, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos inherentes al cumplimiento de los objetos sociales conforme a facultades que por vía ilustrativa se indican en la cláusula décimo tercero de la escritura extractada. Los accionistas se reunirán en Juntas Ordinarias y Extraordinarias. La sociedad sólo llevará el libro de actas de Juntas de Accionistas y el Registro de Accionistas. Al treinta y uno de Diciembre de cada año, la sociedad practicará un balance general y un estado de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 24 de Septiembre de 2019.-