MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES CAMARICO TRES LIMITADA

RUT 76085724-6 CVE 1661435
Fecha instrumento
14 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2019
Repertorio
5472-2019
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, segundo piso, Santiago: por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2019, Repertorio N° 5.472-2019, ante mí, doña MARIA ANGELICA EGUIGUREN CORREA, por sí y en representación de INVERSIONES EGUIGUREN CORREA SpA, inscrita a fojas 66.220, N° 32.314 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, ambos domiciliados para estos efectos, en calle Vía Aurora 8.715, casa A, Vitacura, Santiago; ANTONIO EGUIGUREN CORREA, por sí y en representación de INVERSIONES EGUIGUREN CORREA SpA, ambos domiciliados para estos efectos, en calle Vía Aurora 8.715, casa A, Vitacura, Santiago; doña MARIA OLIVIA EGUIGUREN CORREA, domiciliada en calle Vía Aurora 8.715, casa A, Vitacura, Santiago; doña ROSA HERMINIA PARSONS BOBADILLA, por sí y en representación de doña LORENZA FRANCESA IZZO PARSONS y de INVERSIONES SAN ANTONIO SpA, inscrita a fojas 66.269, N° 32.339 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, todos con domicilio en Candelaria Goyenechea 4.330, departamento 21, Vitacura, Santiago; doña ELIANA BERNARDITA BALMACEDA JARAMILLO, domiciliada en calle Los Sauzales N° 2.599; doña XIMENA BALMACEDA JARAMILLO, domiciliada en calle Las Catalpas N° 1.394, y; doña LUISA RAQUEL BOBADILLA MONTERO, domiciliada en calle Los Refugios N° 19.000, acordaron modificar la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES CAMARICO TRES LIMITADA, inscrita a fojas 1.468, N° 915 del Registro de Comercio de Santiago del año 2010 (en adelante, la “Sociedad”) en el siguiente sentido: (i) Se dejó constancia de la adjudicación de los derechos sociales del socio don Francisco Antonio Eguiguren Balmaceda a sus herederos por la partición de la comunidad hereditaria, en la forma indicada en la escritura extractada; (ii) doña MARÍA ANGÉLICA EGUIGUREN CORREA aportó a la sociedad Inversiones Eguiguren Correa SpA seis coma seis tres uno tres cero cero cero siete tres cinco nueve dos cero cinco por ciento del capital de la Sociedad; (iii) MARÍA OLIVIA EGUIGUREN CORREA aportó a la sociedad Inversiones Eguiguren Correa SpA seis coma seis tres uno tres cero cero cero siete tres cinco nueve dos cero cinco por ciento del capital de la Sociedad; (iv) ANTONIO EGUIGUREN CORREA aportó a la sociedad Inversiones Eguiguren Correa SpA seis coma seis tres uno tres cero cero cero siete tres cinco nueve dos cero cinco por ciento del capital de la Sociedad; (v) ROSA HERMINIA PARSONS BOBADILLA aportó a la sociedad Inversiones San Antonio SpA cinco coma uno cero seis cero nueve nueve siete siete nueve dos dos tres ocho cuatro por ciento del capital de la Sociedad; (vi) Como consecuencia del cambio de socios se modificó el artículo sexto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “SEXTO: el capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, que ha sido aportado por los socios de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES EGUIGUREN CORREA SpA, la cantidad de ciento noventa y ocho mil novecientos treinta y nueve coma cero cero dos dos cero siete siete seis dos pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al diecinueve coma ocho nueve tres nueve cero cero dos dos cero siete siete seis uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; b) doña MARIA ANGELICA EGUIGUREN CORREA, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; c) don ANTONIO EGUIGUREN CORREA, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; d) doña LORENZA FRANCESCA IZZO PARSONS, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; e) doña ELIANA BERNARDITA BALMACEDA JARAMILLO, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; f) doña XIMENA BALMACEDA JARAMILLO, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; g) doña LUISA RAQUEL BOBADILLA MONTERO, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalentes al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y, h) la sociedad INVERSIONES SAN ANTONIO SpA, la cantidad de cincuenta y un mil sesenta coma nueve nueve siete siete nueve dos dos tres ocho cuatro pesos, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, equivalente al cinco coma uno cero seis cero nueve nueve siete siete nueve dos dos tres ocho cuatro por ciento de los derechos sociales de la Sociedad.” (vii) Asimismo, se modificó el artículo octavo de los estatutos sociales en el sentido que el uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña María Angélica Eguiguren Correa y a don Antonio Eguiguren Correa, quienes actuando en forma individual, anteponiendo su firma a la razón social, administrarán la sociedad con las más amplias facultades de administración, las cuales se especifican en la escritura extractada. En todo lo no modificado anteriormente se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de septiembre de 2019. HQM. Not. Púb.