MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES Y SERVICIOS INKA MARKA SpA

RUT 76879662-9 CVE 1660356
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2019
Notario
MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Abogado, Notario Público Titular Iquique, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, ante Notario Suplente RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, fecha 05 de Septiembre de 2019, HILDA YOLANDA FLORES CASTRO, chilena, casada, separada totalmente de bienes, comerciante, Cédula de Identidad N°15.001.828-5, Las Azucenas N°2984, Iquique; y WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, chileno, casado, separado totalmente de bienes, comerciante, Cédula de Identidad N°13.742.188-7, Las Azucenas N°2984, Iquique; exponen: Que por escritura pública fecha 26 de Abril de 2018, otorgada ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, HILDA YOLANDA FLORES CASTRO, constituyó sociedad por acciones denominada “TRANSPORTES Y SERVICIOS INKA MARKA SpA” O “INKA MARKA SpA”, inscrita a fojas 691 vta., N°471, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, que según al ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO estatutos sociales, capital sociedad fue $2.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, una misma serie y sin valor nominal; que quedó totalmente suscrito y pagado. Por presente acto, acuerdan modificar Artículo Cuarto y Artículo Segundo Transitorio pacto social, sentido de aumentar capital sociedad, de $2.000.000, a $4.000.000, mediante aumento cantidad de 100 acciones a 200 acciones, y con el ingreso como accionista de WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, con la aprobación y beneplácito constituyente HILDA YOLANDA FLORES CASTRO, manera indicada Artículo Cuarto, quedará siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social será la suma de $4.000.000, dividido en 200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión”.- Asimismo, en consecuencia de lo señalado precedentemente, y de la manera indicada, el Artículo Segundo Transitorio, quedará del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000, dividido en 200 acciones nominativas, una misma serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto; que ha quedado totalmente suscrito y pagado, siguiente forma: Uno) HILDA YOLANDA FLORES CASTRO, suscribe en este acto 100 acciones las que paga mediante $2.000.000, al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social; y Dos) WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, suscribe en este acto 100 acciones las que paga mediante $2.000.000, al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social. Además, los accionistas, acuerdan modificar Artículo Primero Transitorio del pacto social, el que quedará del siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados ARTÍCULOQUINTO estatutos a don WILLIAMS MARIO FLORES RAMOS, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas ARTÍCULO QUINTO estatutos. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rige en todas sus partes las estipulaciones pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 24 de Septiembre de 2019.-