SOCIEDAD DE SERVICIOS ODONTOLÓGICOS CAROLINA LOZANO FARRAN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2019
- Notario
- LUIS GILLET BEBIN
- Domicilio
- Lebu y Los Álamos
- Comuna
- Lebu y Los Álamos don Luis Gillet Bebin
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| NO FARRAN Y COMPAÑÍA LIMITADA con nombre de fantasía CAROLINA LOZANO FARRAN LTDA | socio | 76204033-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GILLET BEBIN, Notario Público Lebu y Los Álamos, certifico: Por escritura de fecha 13 de septiembre del 2019, ante mí; doña CAROLINA VICTORIA LOZANO FARRAN, chilena, cirujano dentista, casada, cédula nacional de identidad número 15.184.010 -8, domiciliada en calle Andrés Bello número cuatrocientos cuarenta y uno, comuna de Lebu; don ALEX SEBASTIAN LOZANO FARRAN, chileno, cirujano dentista, soltero, cédula nacional de identidad número 18.146.314-7, domiciliado en calle San Martín, edificio doña Paula número cuarenta y dos, departamento seiscientos cuatro, comuna de Concepción; y don HUGO FRANCISCO RENATO LOZANO HERMOSILLA, chileno, pensionado, casado, cedula de identidad número 7.181.598-6, domiciliado en calle O´Higgins número seiscientos setenta y ocho, comuna de Lebu, modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada SOCIEDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS CAROLINA LOZANO FARRAN Y COMPAÑÍA LIMITADA con nombre de fantasía CAROLINA LOZANO FARRAN LTDA., RUT N° 76.204.033-6, constituida por escritura pública de fecha ocho de marzo del año dos mil doce, otorgada ante don Ricardo Andres Retamal Parada, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Notaria de Lebu y Los Álamos don Luis Gillet Bebin, con domicilio en calle Alcázar número ciento ochenta y nueve B, comuna de Lebu, repertorio número doscientos dieciocho año dos mil doce. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la comuna de Lebu a fojas cuatro, bajo el número tres, correspondiente al año dos mil doce. El extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiséis de marzo de dos mil doce, en su edición número cuarenta mil doscientos veintidós. dos) Por escritura pública de fecha veintinueve de octubre de dos mil trece, otorgada ante don Ricardo Andres Retamal Parada, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Notaria de Lebu y Los Álamos don Luis Gillet Bebin, con domicilio en calle Alcázar número ciento ochenta y nueve B, comuna de Lebu, repertorio número mil noventa año dos mil trece, se procedió a modificar la sociedad individualizada en el punto anterior. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la comuna de Lebu y Los Álamos a fojas sesenta y dos, bajo el número cuarenta y cuatro, correspondiente al año dos mil trece, y se publicó en el Diario Oficial de fecha cuatro de noviembre de dos mil trece, en su edición número cuarenta mil seiscientos noventa y siete. Tres) Por escritura pública de fecha veintidós de noviembre de dos mil dieciséis, otorgada ante don Luis Gillet Bebin, Notario Público Titular de las comunas de Lebu y Los Álamos, con domicilio en calle Alcázar número ciento ochenta y nueve B, comuna de Lebu, repertorio número mil trescientos cincuenta y nueve año dos mil dieciséis, se modificó la sociedad individualizada en la presente cláusula. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la comuna de Lebu y Los Álamos a fojas cuarenta y cuatro, bajo el número veinticuatro, correspondiente al año dos mil dieciséis, y se publicó en el Diario Oficial de fecha uno de diciembre de dos mil dieciséis, en su edición número cuarenta y un mil seiscientos veintidós. Modifican la sociedad en el sentido siguiente: uno) Don ALEX SEBASTIAN LOZANO FARRAN, vende, cede y transfiere a doña CAROLINA VICTORIA LOZANO FARRAN, quien compra, adquiere y acepta para sí, en la suma total de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, el cincuenta por ciento de sus derechos sociales, que equivalen al dieciséis coma cinco por ciento de los derechos en la sociedad. En esta cesión quedan comprendidos los haberes y derechos que al cedente le corresponden en la sociedad, en proporción al porcentaje de los derechos sociales objeto de la presente cesión, a cualquier título y especialmente su parte en capital, fondos en cuenta particular, y surtirá efecto entre los socios a contar de la fecha de la presente escritura; b.- El precio total de esta cesión es la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo, y que el cedente declara recibir a su entera conformidad; c.- Los comparecientes se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse. dos) don ALEX SEBASTIAN LOZANO FARRAN, vende, cede y transfiere a don HUGO FRANCISCO RENATO LOZANO HERMOSILLA, quien compra, adquiere y acepta para sí, en la suma total de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, el cincuenta por ciento de sus derechos sociales, que equivalen al dieciséis coma cinco por ciento de los derechos en la sociedad. En esta cesión quedan comprendidos los haberes y derechos que al cedente le corresponden en la sociedad, en proporción al porcentaje de los derechos sociales objeto de la presente cesión, a cualquier título y especialmente su parte en capital, fondos en cuenta particular, y surtirá efecto entre los socios a contar de la fecha de la presente escritura; b.- El precio total de esta cesión es la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo, y que el cedente declara recibir a su entera conformidad; c.- Los comparecientes se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- En virtud de la cesión antes señalada, se retira de la SOCIEDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS CAROLINA LOZANO FARRAN Y COMPAÑÍA LIMITADA el socio don ALEX SEBASTIAN LOZANO FARRAN. En consecuencia quedan como únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS CAROLINA LOZANO FARRAN Y COMPAÑÍA LIMITADA” en la proporción de un cincuenta coma cinco por ciento doña CAROLINA VICTORIA LOZANO FARRAN, y de un cuarenta y nueve coma cinco por ciento don HUGO FRANCISCO RENATO LOZANO HERMOSILLA, respectivamente, de los derechos sociales de esta sociedad; Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) cincuenta coma cinco por ciento para el socio doña CAROLINA VICTORIA LOZANO FARRAN; b) cuarenta y nueve coma cinco por ciento para el socio don HUGO FRANCISCO RENATO LOZANO HERMOSILLA. El capital social es la suma de tres millones de pesos. Para los efectos de lo establecido en la ley número veinte mil cuatrocientos noventa y cuatro, los socios declaran que el capital social asciende a la suma de tres millones de pesos. En todo lo que no se hubiere modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de la sociedad señalada en la cláusula primera de esta modificación. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. LEBU, a 26 de septiembre de 2019.