TRANSPORTES Y LOGÍSTICA FDC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2019
- Notario
- FERNANDO ANDRÉS GOMILA LARSEN
- Oficio
- Segunda Notaría de Illapel con asiento en la comuna de Salamanca
Sociedad
- Capital
- $42.000.000 CLP
Administración
Los comparecientes, vienen en modificar la administración, representación y el uso de la razón social, la cual se encuentra estipulada en la cláusula Cuarto de la sociedad de responsabilidad limitada individualizada en la cláusula primero del presente instrumento, quedando la cláusula cuarto de la siguiente manera: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá: i) Por sí solo al socio Fernando Alfonso Díaz Cuevas, quien actuando a nombre de la sociedad y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, la representará individualmente con las más amplias facultades de administración y disposición que sea posible conferir a un mandatario, pudiendo obligarla validamente en toda clase de actos y contratos; ii) A don Jorge Rafael Eduardo Díaz González, a don Cristian Alfonso Díaz González, y a doña Gerthy Fernanda Díaz González, para que actuando conjuntamente a lo menos dos de ellos, actuen a nombre de la sociedad y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social, la representen con las mas amplias facultades de administración y disposición que sea posible conferir a un mandatario, pudiendo obligarla válidamente en toda clase de actos y contratos. Todos los representantes podrán actuar con todas las facultades contenidas en la cláusula Cuarto de la escritura de constitución social.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto constitutivo de fecha 28 de octubre del año 2011, entre las que se considera la cláusula Sexto, que a continuación se reproduce tal como consta en el estatuto social: “Del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO ANDRÉS GOMILA LARSEN, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Illapel con asiento en la comuna de Salamanca, con oficio ubicado en calle Manuel Bulnes N°214, Locales J-K, de la misma comuna, certifico que: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre del año 2019, ante mí, FERNANDO ALFONSO DÍAZ CUEVAS, JORGE RAFAEL EDUARDO DÍAZ GONZÁLEZ, don CRISTIAN ALFONSO DÍAZ GONZÁLEZ, y doña GERTHY FERNANDA DÍAZ GONZÁLEZ, todos domiciliados en pasaje Isabel Riquelme N°20, Ciudad y Comuna de Salamanca. Los comparecientes por escritura pública de 28 de octubre 2011, ante don Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Illapel con asiento en la ciudad de Salamanca, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “TRANSPORTES Y LOGÍSTICA FERDIC LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES FERDIC LTDA.”, RUT N°76.186.022-4. Dicha sociedad fue publicada en el Diario Oficial N°41.101 de fecha 04 de noviembre del 2011, y se encuentra inscrita a fojas ciento 116 N°99 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, correspondiente al año 2011. Modificación de los Estatutos Sociales. los comparecientes vienen en practicar las siguientes modificaciones al Estatuto Social: UNO/Razón Social: Los socios comparecientes de consuno vienen en modificar la razón social de la sociedad de “TRANSPORTES Y LOGÍSTICA FERDIC LIMITADA”, por la siguiente razón social: “TRANSPORTES Y LOGÍSTICA FDC LIMITADA”, asimismo se modifica el nombre de fantasía de la sociedad “TRANSPORTES FERDIC LTDA.”, por el siguiente nombre de fantasía “TRANSPORTES FDC LTDA.”, pudiendo además usar este nombre para actuar en todo acto o contrato y ante toda persona natural o juridica, de derecho público o privado, sirviendo además para los efectos de marca y propaganda comercial; DOS/ Administración: Los comparecientes, vienen en modificar la administración, representación y el uso de la razón social, la cual se encuentra estipulada en la cláusula Cuarto de la sociedad de responsabilidad limitada individualizada en la cláusula primero del presente instrumento, quedando la cláusula cuarto de la siguiente manera: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá: i) Por sí solo al socio Fernando Alfonso Díaz Cuevas, quien actuando a nombre de la sociedad y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, la representará individualmente con las más amplias facultades de administración y disposición que sea posible conferir a un mandatario, pudiendo obligarla validamente en toda clase de actos y contratos; ii) A don Jorge Rafael Eduardo Díaz González, a don Cristian Alfonso Díaz González, y a doña Gerthy Fernanda Díaz González, para que actuando conjuntamente a lo menos dos de ellos, actuen a nombre de la sociedad y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social, la representen con las mas amplias facultades de administración y disposición que sea posible conferir a un mandatario, pudiendo obligarla válidamente en toda clase de actos y contratos. Todos los representantes podrán actuar con todas las facultades contenidas en la cláusula Cuarto de la escritura de constitución social.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto constitutivo de fecha 28 de octubre del año 2011, entre las que se considera la cláusula Sexto, que a continuación se reproduce tal como consta en el estatuto social: “Del capital: La sociedad tendrá un capital ascendente a la suma de cincuenta millones de pesos, que los socios integran de la siguiente forma: a) Don FERNANDO ALFONSO DÍAZ CUEVAS, aporta la suma de $42.000.000, equivalente al 85% del haber social, y que se obliga a pagar de la siguiente forma: La cantidad de $32.500.000 que entera en este acto al contado y en dinero efectivo en la caja social, y el saldo restante se completará mediante el pago de 10 cuotas de $1.000.000 cada una; b) Don JORGE RAFAEL EDUARDO DÍAZ GONZÁLEZ, aporta la suma de $2.500.000, pagando y enterando en este acto dicha suma al contado y en efectivo en la caja social, de tal manera que el aporte es representativo del 5% del capital; c) Don CRISTIAN ALFONSO DÍAZ GONZÁLEZ, aporta la suma de $2.500.000, pagando y enterando en este acto dicha suma al contado y en efectivo en la caja social, de tal manera que el aporte es representativo del 5% del capital; d) Doña GERTHY FERNANDA DÍAZ GONZÁLEZ, aporta la suma de $2.500.000, pagando y enterando en este acto dicha suma al contado y en efectivo en la caja social, de tal manera que el aporte es representativo del 5% del capital. Demás estipulaciones en escritura extractada. SALAMANCA, 25 DE SEPTIEMBRE DE 2019.