CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS DE SEGURIDAD RODRIGO MUÑOZ AVENDAÑO, SpA

CVE 1659770
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
tendrá como domicilio la ciudad de Temuco
Duración
comenzará a regir a partir de fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo, salvo que él o los accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término, lo que deberá hacerse con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio respectivo

Objeto social

será el desarrollo de actividades en materia inherentes a la seguridad privada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha dieciséis de Septiembre de dos mil diecinueve, ante mí, don RODRIGO ALEJANDRO MUÑOZ AVENDAÑO, de nacionalidad chilena, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y tres guion dos, con domicilio en calle Río Liucura número cero dos mil seiscientos treinta, Villa Del Río, de la ciudad de Temuco. Constituyó Sociedad por Acciones. NOMBRE SOCIAL: será "SERVICIOS DE SEGURIDAD RODRIGO MUÑOZ AVENDAÑO, SpA"; pudiendo también actuar, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, Municipalidades y demás servicios y empresas públicas o de administración Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, bajo el nombre de fantasía de "R-SUR SEGURIDAD, SpA”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá al administrador. Éste será nombrado o designado por el o los accionistas, con el voto conforme, acuerdo o autorización de a lo menos el cincuenta y un por ciento de las acciones. El administrador, actuando en representación de la sociedad y anteponiendo al nombre de la misma, su rúbrica, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Conforme al Artículo Tercero Transitorio, el compareciente, como accionista representante del cien por ciento de las acciones, de conformidad con los presentes estatutos, por medio de acto escritura, queda nombrado como el administrador de la sociedad. Este nombramiento no requerirá para su perfeccionamiento ratificación, acuerdo o junta posterior. CAPITAL: es de $5.000.000.- dividido y representado en quinientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y, sin valor nominal, se suscribe y paga en acto escritura, en dinero en efectivo. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito, pagado y enterado en la caja social. OBJETO: será el desarrollo de actividades en materia inherentes a la seguridad privada. DURACION: comenzará a regir a partir de fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo, salvo que él o los accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término, lo que deberá hacerse con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio respectivo. DOMICILIO: tendrá como domicilio la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que se establezcan en ésta u otras ciudades del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 25 de septiembre de 2019.