CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES INSULAR SpA

CVE 1659909
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2019
Notario
Alejandro Américo Alvarez Barrera
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Castro
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado

Administración

La sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los Administradores ser o no

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, AUSTRAL INVESTMENT SpA, RUT N° 77.057 .486-2, domiciliada para estos efectos en calle O´Higgins número 711, Castro, y de paso en ésta, única accionista según consta en libro de registro de accionistas que he tenido a la vista, de “INMOBILIARIA TERRAMATER SpA”, RUT N° 76. 264.990-K, inscrita a fojas 23 vuelta, N° 20 del Registro Comercio del Co nservador de Bienes Raíces de Castro del año 2005, acordó dividir sociedad, subsistiendo ésta bajo mismo nombre y rigiéndose por los mismos estatutos, salvo modificaciones acordadas en escritura extractada, creándose 14 nuevas sociedades por acciones, denominadas Inmobiliaria SM Castro SpA, Inmobiliaria MC Castro SpA, Inmobiliaria PM Ancud SpA, Inmobiliaria AP Ancud SpA, Inmobiliaria PC Chonchi SpA, Inmobiliaria PD Dalcahue SpA, Inmobiliaria PM Quemchi SpA, Inmobiliaria LD Achao SpA, Inversiones PS Gamboa SpA, Inversiones BO Castro SpA, Inversiones TEN TEN SpA, Inversiones SV Quellón SpA, Inversiones Insular SpA y Agrícola Astillero SpA; acordándose la aprobación de estatutos de las sociedades creadas. ESTATUTOS DE “INVERSIONES INSULAR SpA”. Sociedad por acciones, regida por sus estatutos y por artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y en el silencio y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. NOMBRE: INVERSIONES INSULAR SpA. DOMICILIO: Castro, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000.- de acciones, ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos de INVERSIONES INSULAR SpA. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los Administradores ser o no accionistas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 2 septiembre 2019.