INMOBILIARIA 3BM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 12247-2019
- Notario
- Ramón García Carrasco
- Oficio
- Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $28.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y demás bienes incorporales muebles, incluyendo otras modalidades propias de la inversión en capital de riesgo, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La adquisición de toda clase de bienes raíces, amoblados o no, a cualquier título; arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles, amoblados o no; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La construcción de todo tipo de obras civiles, en especial viviendas y todo tipo de construcciones; realizar urbanizaciones, movimientos de tierras, subdivisiones, loteos; compraventa de inmuebles, transformaciones y ampliaciones; trabajos de mantención; construcción, producción, instalación y comercialización de mobiliario para las viviendas y obras civiles, de su construcción o de terceros; y en general, toda actividad directa o indirectamente relacionada con la construcción y que acuerden los socios; d) La instalación, administración, intermediación y arrendamiento de lugares construidos o destinados a estacionamiento de vehículos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, que complemente o bien, que sea consecuencia de los mismos. e) La asesoría profesional y prestación de servicios en materias inmobiliarias, de administración, marketing y gestión, así como en otras áreas que se le relacionen directa o indirectamente, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y f) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y
Administración
corresponde a doña CAMILA SOLEDAD BURGOS SANZ a doña CLAUDIA ALEJANDRA BELLO CISTERNAS a don FERNANDO ANTONIO BRAVO VERGARA y a doña MARCELA MILLÁN MORALES, en calidad de administradores estatutarios, en forma indistinta o separadamente, con las más amplias facultades. Limitación. Actuación conjunta de todos los apoderados para la celebración de todo acto, contrato u operación que exceda la suma de $5.000.000.- Todos aceptaron designación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRamón García Carrasco, Notario Público Titular, Notaría de Concepción, con oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública otorgada ante mí de fecha 04 de Septiembre de 2019, Repertorio 12.247-2019, comparecieron: Doña CAMILA SOLEDAD BURGOS SANZ, con domicilio en Camino a Chiguayante N° 2913, casa D, Lonco Norte, Chiguayante; doña CLAUDIA ALEJANDRA BELLO CISTERNAS, con domicilio en Calle J, 1281, Condominio El Alamo, casa 41, Brisa del Sol Oriente, Talcahuano; don FERNANDO ANTONIO BRAVO VERGARA, con domicilio en Calle J, 1281, Condominio El Alamo, casa 41, Brisa del Sol Oriente, Talcahuano y doña MARCELA MILLÁN MORALES, domiciliada en Avenida Andalué N° 2350, depto 41 A, San Pedro de la Paz; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada; RAZÓN SOCIAL: INMOBILIARIA 3BM LIMITADA. DOMICILIO: Concepción; OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y demás bienes incorporales muebles, incluyendo otras modalidades propias de la inversión en capital de riesgo, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La adquisición de toda clase de bienes raíces, amoblados o no, a cualquier título; arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles, amoblados o no; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La construcción de todo tipo de obras civiles, en especial viviendas y todo tipo de construcciones; realizar urbanizaciones, movimientos de tierras, subdivisiones, loteos; compraventa de inmuebles, transformaciones y ampliaciones; trabajos de mantención; construcción, producción, instalación y comercialización de mobiliario para las viviendas y obras civiles, de su construcción o de terceros; y en general, toda actividad directa o indirectamente relacionada con la construcción y que acuerden los socios; d) La instalación, administración, intermediación y arrendamiento de lugares construidos o destinados a estacionamiento de vehículos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, que complemente o bien, que sea consecuencia de los mismos. e) La asesoría profesional y prestación de servicios en materias inmobiliarias, de administración, marketing y gestión, así como en otras áreas que se le relacionen directa o indirectamente, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y f) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponde a doña CAMILA SOLEDAD BURGOS SANZ a doña CLAUDIA ALEJANDRA BELLO CISTERNAS a don FERNANDO ANTONIO BRAVO VERGARA y a doña MARCELA MILLÁN MORALES, en calidad de administradores estatutarios, en forma indistinta o separadamente, con las más amplias facultades. Limitación. Actuación conjunta de todos los apoderados para la celebración de todo acto, contrato u operación que exceda la suma de $5.000.000.- Todos aceptaron designación.- CAPITAL: $28.000.000.- aportados 1) doña CAMILA SOLEDAD BURGOS SANZ, aportó la suma de $7.000.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales; 2) doña CLAUDIA ALEJANDRA BELLO CISTERNAS aportó la suma de $7.000.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales; 3) don FERNANDO ANTONIO BRAVO VERGARA aportó la suma de $7.000.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales; 4) doña MARCELA MILLÁN MORALES, aportó la suma de $7.000.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.- DURACIÓN: 5 años a contar fecha escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales; Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, Septiembre 17 de 2019.- gmm