Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 2477/2019
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años desde el momento de la constitución de la Sociedad
Objeto social
a) Compraventa, importación, exportación, distribución, e instalación de productos de la construcción y de productos de consumo masivo; b) Construcción, ampliación, y mejoramiento de casas y edificios; c) Contratación y suministro de mano de obra. Además, todos aquellos actos o negocios complementarios o afines al objeto expresado que de común acuerdo convengan los
Administración
corresponderá a todos los accionistas quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social representaran a la sociedad con las más amplias facultadas señaladas en escritura extractada con excepción de poderes bancarios que deberán en forma conjunta actuando a lo menos dos de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PÚBLICO TITULAR 20 Notaría Santiago, Avda. Apoquindo N°4990, Las Condes, Santiago, Certifico: por escritura pública hoy, 05 de septiembre de 2019, bajo el repertorio 2477/2019, ante mí don DANIEL SALOMON ROSENBAUM, casado, empresario, cédula de identidad N°15.636.166-6,; doña VIVIANA ELENA HAYAL THOMPSON, casada, kinesióloga, cédula de identidad N°16.047.322-3, ROBERTO MARTÍN ROIZMAN LEYDE, casado, contador, cédula de identidad N°7.011.089-K, don ARIE TOMAS ROIZMAN LEYDE, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N°8.664.381-2, y ODETTE LÍA ROIZMAN LEYDE, casada, empresaria, cédula de identidad número N°6.384.095-5, todos domiciliados en domiciliado en San Pablo N°3.545, Quinta Normal, Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones, Razón Social “Arnoldi SpA” Objeto: a) Compraventa, importación, exportación, distribución, e instalación de productos de la construcción y de productos de consumo masivo; b) Construcción, ampliación, y mejoramiento de casas y edificios; c) Contratación y suministro de mano de obra. Además, todos aquellos actos o negocios complementarios o afines al objeto expresado que de común acuerdo convengan los accionistas. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro tanto en Chile como en el extranjero por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto. Capital Social: $100.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: (a) Daniel Salomon Rosenbaum suscribe en este acto 250 acciones, por un valor total de $25.000.-, obligándose a pagarlas dentro de un plazo de 3 años contados desde la presente fecha; (b) Viviana Elena Hayal Thompson, suscribe en este acto 250 acciones, por un valor total de $25.000, obligándose a pagarlas dentro de un plazo de tres años contados desde la presente fecha; (c) Roberto Martín Roizman Leyde, suscribe en este acto 160 acciones, por un valor total de $16.000 obligándose a pagarlas dentro de un plazo de tres años contados desde la presente fecha; y (d) Arie Tomás Roizman Leyde, suscribe en este acto 170 acciones, por un valor total de $17.000, obligándose a pagarlas dentro de un plazo de tres años contados desde la presente fecha. (e) Odette Lia Roizman Leyde, suscribe en este acto 170 acciones, por un valor total de $17.000, obligándose a pagarlas dentro de un plazo de tres años contados desde la presente fecha. Administración: corresponderá a todos los accionistas quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social representaran a la sociedad con las más amplias facultadas señaladas en escritura extractada con excepción de poderes bancarios que deberán en forma conjunta actuando a lo menos dos de ellos.- Domicilio. La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años desde el momento de la constitución de la Sociedad. Sin perjuicio de lo mencionado, cumplido el plazo y ante el silencio de los socios, ésta se entenderá renovada automáticamente por el mismo periodo. Demás estipulaciones escritura extractada, Santiago, 05 de septiembre de 2019.