DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola San Miguel Limitada

RUT 76207314-5 CVE 1659859
Fecha instrumento
30 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2019
Notario
suplente del titular don Humberto Quezada Moreno
Oficio
26ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ramón Venegas Morvan, suplente del titular don Humberto Quezada Moreno, Notario Público, 26ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, 2° piso, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2019, ante el titular, comparecieron: UNO) FORESTAL HEREDIA SpA, rol único tributario número setenta y seis millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos treinta y siete guión seis; y, DOS) FORESTAL E INMOBILIARIA HEREDIA SpA (antes Forestal e Inmobiliaria Heredia Limitada), rol único tributario número setenta y seis millones setecientos ochenta y seis mil trescientos treinta y tres guión cero, ambas representadas, por doña MARIANA DEL PILAR HEREDIA SOTOMAYOR, chilena, casada, empresaria, cedula nacional de identidad número cuatro millones trecientos veintisiete mil seiscientos sesenta y nueve guión siete; y don DAVID HEREDIA GARCÍA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos veinticuatro mil doscientos treinta y dos guión cuatro, todos domiciliados para estos efectos en Félix de Amesti número noventa, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Quienes acordaron modificar la sociedad Agrícola San Miguel Limitada. Modificación consistente en: A) Se dejó constancia que el socio Forestal e Inmobiliaria Heredia Limitada fue transformado a una sociedad por acciones. B) Forestal Heredia SpA, vendió cedió y transfirió a Forestal e Inmobiliaria Heredia SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí la totalidad de sus derechos en Agrícola San Miguel Limitada, equivalentes al equivalentes al cero coma cero seis por ciento de los derechos en que se divide el capital de esta sociedad. El precio de la cesión fue de diez mil ochocientos cincuenta y seis pesos, pagados en el acto. Como consecuencia de la cesión de derechos ya mencionada Forestal Heredia SpA deja de ser socia de Agrícola San Miguel Limitada y el socio Forestal e Inmobiliaria Heredia Limitada reúne el cien por ciento del interés social. C) Se reemplazó el artículo cuarto por el siguiente: “Artículo Cuarto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón quinientos mil pesos, que la socia Forestal e Inmobiliaria Heredia SpA ha íntegramente aportado y pagado con la cantidad de un millón quinientos mil pesos, que equivalen al cien por ciento de los derechos en que se divide el capital social”.- D) En consecuencia, la sociedad Agrícola San Miguel Limitada fue disuelta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de septiembre de 2019. JRVM. Not. Sup.