SOCIEDAD COMERCIAL D & S LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 449-2019
- Notario
- LUIS GUILLERMO ZAMBRANO CADENA
- Domicilio
- comuna de Lota
Sociedad
- Capital
- $2.400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS GUILLERMO ZAMBRANO CADENA, Notario Público interino de la comuna de Lota, con oficio y domicilio en Lota, calle Arturo Prat Nº 112, oficinas 6 y 7, segundo piso, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 09 septiembre 2019, repertorio N° 449-2019. MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA, Lota, Serrano 549, PABLO ANDRES OLIVA LLANOS, San Pedro de la Paz, Maitén Nº 340, sector Lomas Coloradas; y JAIME EDUARDO OLIVA ERICES, Lota, Serrano Nº 549, exponen: MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA, PABLO ANDRES OLIVA LLANOS y don JAIME EDUARDO OLIVA ERICES, son en la actualidad únicos socios e interesados SOCIEDAD COMERCIAL D & S LIMITADA, rol único tributario Nº 76.241.426-0, constituida escritura pública 08 enero 2013, otorgada ante Marlene Lorena Contreras Soto Notario Suplente de titular que fue de Lota Mariana Abuter Game, extracto se inscribió a fojas 4 vuelta Nº 4 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Lota año 2013, extracto publicado en diario oficial 19 enero 2013. Sociedad fue objeto de modificación por escritura pública de 10 julio año 2019 otorgada ante Notario Público Interino de Lota don Luis Guillermo Zambrano Cadena, extracto se inscribió a fojas 23 Nº 13 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Lota año 2019, extracto publicado diario oficial 22 julio 2019. Sociedad actualmente se encuentra vigente y del tenor de escritura pública constitución y modificación, inscripciones y publicaciones antes referidas, se desprende que capital social actualmente asciende a suma de $3.000.000 y que actualmente MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA tiene un 50% participación en capital social, PABLO ANDRES OLIVA LLANOS, tiene un 40% participación en capital social y JAIME EDUARDO OLIVA ERICES, tiene un 10% participación en capital social. Actualmente administración, representación legal y uso razón social corresponden a socios MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA y JAIME EDUARDO OLIVA ERICES en forma conjunta o separada con facultades indicadas en estatutos sociales que se dan por reproducidas, para todo efecto legal, salvo en lo que diga relación a ventas o en general enajenaciones de bienes raíces de la sociedad, para cuya celebración u otorgamiento se requerirá siempre que ambos representantes legales y administradores sociales obren conjuntamente. Comparecientes MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA, PABLO ANDRES OLIVA LLANOS y JAIME EDUARDO OLIVA ERICES, únicos socios e interesados referida sociedad, modifican estatutos SOCIEDAD COMERCIAL D & S LIMITADA en términos de efectuar cesión de derechos sociales siguientes. PABLO ANDRES OLIVA LLANOS, vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos o participación social en la aludida sociedad que equivalen al 40% de la totalidad de los derechos sociales a don JAIME EDUARDO OLIVA ERICES quien los compra, acepta y adquiere para si. Precio cesión es la suma de $2.400.000, que se pagan de contado y en dinero en efectivo a entera conformidad y satisfacción del cedente, quedando totalmente pagado al contado el precio acordado. En cesión queda comprendido e incluido todo derecho que pudiera corresponder al cedente, tanto por concepto de proporción o participación en el capital, fondos de reserva, utilidades retenidas y no repartidas o por cualquier otro motivo o título. Como consecuencia cesión PABLO ANDRES OLIVA LLANOS se retira y deja de ser socio de la sociedad, MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA mantiene su participación en capital de la sociedad, y JAIME EDUARDO OLIVA ERICES ve aumentada su participación en capital y por consiguiente, únicos socios e interesados en la persona jurídica denominada SOCIEDAD COMERCIAL D & S LIMITADA pasan a ser actualmente MARILYN MERCEDES LLANOS GARCIA con un CINCUENTA POR CIENTO de participación en el capital social, y don JAIME EDUARDO OLIVA ERICES con un CINCUENTA POR CIENTO de participación en el capital social, lo cual es aceptado todos los socios. Cesión empieza a regir y a surtir efectos jurídicos a partir de la fecha otorgamiento escritura. Las partes declaran que se tienen modificaciones como parte integrante estatutos sociales, para todos los efectos legales y tributarios a que haya lugar, quedando plenamente vigentes y subsistentes las demás estipulaciones del pacto social, en todo lo no modificado.- Demás estipulaciones escritura extractada. Lota, 24 septiembre 2019.