MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LS Asesorías Limitada

RUT 76415809-1 CVE 1658615
Fecha instrumento
21 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de junio de 2019
Repertorio
12270-2019
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de junio de 2019, repertorio Nº 12.270-2019., ante mí, doña SILVIA ELIZABETH LOYARTE ROMAN, argentina, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad para extranjeros número ocho millones ciento veintiocho mil seiscientos noventa guion seis; don JUAN FRANCISCO MUALIM LOYARTE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cien mil seiscientos cuarenta y cinco guion nueve; don DIEGO IGNACIO MUALIM LOYARTE, chileno, soltero, publicista, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos veintinueve guion uno; doña MAGDALENA PAZ MUALIM LOYARTE, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuatrocientos tres mil ochocientos dieciséis guion tres; doña MACARENA MARÍA SPOERER FRITZ, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos sesenta mil doscientos setenta y dos guion dos; don AGUSTÍN MAURICIO CARDOEN SPOERER, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número diecinueve millones doscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos noventa y cinco guion cinco; doña VICTORIA CARDOEN SPOERER, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos cinco mil doscientos veinticinco guion nueve y don MAURICIO AOUILES CARDOEN UBAGO, chileno, casado, ingeniero agroindustrial, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve guion cinco, todos domiciliados para estos efectos en calle Francisco Bulnes Correa número tres mil setecientos treinta y siete departamento once letra D, comuna de Las Condes, Santiago, celebraron Cesión de Derechos Sociales y Modificación de estatutos sociales de LS Asesorías Limitada, inscrita a fojas 92195 número 56258 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, de cuyo texto extraigo lo siguiente: TERCERO: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES DE JUAN FRANCISCO MUALIM LOYARTE A SILVIA LOYARTE Y OTROS. Don Juan Francisco Mualim Loyarte, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la "Sociedad", equivalentes 12,5% de la totalidad de los derechos sociales en la “Sociedad”, a las personas individualizadas a continuación: a doña Silvia Elizabeth Loyarte Román, cede y transfiere el 36% de los derechos sociales de que es dueño; a don Diego Ignacio Mualim Loyarte cede y transfiere igualmente el 32% de los derechos sociales de que es dueño en la sociedad; y finalmente, a doña Magdalena Paz Mualim Loyarte cede y transfiere el 32% restante de los derechos que posee en la “Sociedad”. Todos los cesionarios, personalmente, declaran recibir y aceptar dicha cesión de derechos, equivalente en su conjunto al cien por ciento de la participación que don Juan Francisco Mualim Loyarte tenía en la “Sociedad”, y retirándose en consecuencia como socio de la “Sociedad”. El valor de cesión de los derechos sociales cedidos asciende a la suma total de ciento veintiséis mil pesos, los cuales son pagados proporcionalmente por cada cesionario en este acto y al contado, en razón de cuarenta y dos mil pesos cada uno, declarando el cedente recibir dicho precio a su total y entera satisfacción. QUINTO.- NUEVOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD. Atendidas las cesiones de derechos sociales de que da cuenta el presente instrumento, los únicos y actuales socios de la Sociedad "LS Asesorías Limitada" son, doña Silvia Elizabeth Loyarte Román con el dieciséis coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Diego Ignacio Mualim Loyarte con el dieciséis por ciento de los derechos sociales, doña Magdalena Paz Mualim Loyarte con el dieciséis por ciento de los derechos sociales, doña Macarena María Spoerer Fritz con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Mauricio Aquiles Cardoen Ubago con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Agustín Mauricio Cardoen Spoerer con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales y doña Victoria Cardoen Spoerer con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales de la "Sociedad". SEXTO.- TÉRMINOS DE LAS CESIONES DE DERECHOS SOCIALES. Las cesiones de derechos sociales materia de este instrumento, comprenden todos y cada uno de los derechos que del porcentaje social cedido correspondían al cedente en la Sociedad. SEPTIMO.- TÍTULOS. Para efectos de lo previsto en el artículo mil novecientos uno del Código Civil, los nuevos socios, esto es, doña Silvia Elizabeth Loyarte Román, don Diego Ignacio Mualim Loyarte, doña Magdalena Paz Mualim Loyarte, doña Macarena María Spoerer Fritz, don Mauricio Aquiles Cardoen Ubago, don Agustín Mauricio Cardoen Spoerer y doña Victoria Cardoen Spoerer, declaran encontrarse en posesión material de los títulos de los derechos sociales que en virtud de este Instrumento les ceden, los cuales están conformados por la escritura de constitución de la Sociedad y correspondientes legalizaciones. OCTAVO: Finiquito. El cedente le otorga a la "Sociedad" y a sus socios el más amplio, completo y total finiquito en relación con los derechos y obligaciones derivados de su calidad de socio de la "Sociedad", declarando que no tiene cargo alguno que formular en contra de ella y renunciando a cualquier acción o reclamo que pudiere entablar por este concepto. Por su parte los actuales socios y la "Sociedad" le otorgan al cedente el más amplio, total y completo finiquito, declarando que no tienen cargo alguno que formular en contra de él, renunciando a cualquier acción o reclamo que pudieran entablar por este concepto. NOVENO.- APROBACIÓN. Los comparecientes aprueban expresamente las cesiones de derechos referidas en la cláusula Tercera anterior y el consiguiente retiro de la Sociedad de don Juan Francisco Mualim Loyarte. DÉCIMO.- MODIFICACIONES AL PACTO SOCIAL.- Atendidas las cesiones de derechos sociales descritas en las cláusulas anteriores, los únicos y actuales socios de LS ASESORÍAS LIMITADA, esto es, doña Silvia Elizabeth Loyarte Román, don Diego Ignacio Mualim Loyarte, doña Magdalena Paz Mualim Loyarte, doña Macarena María Spoerer Fritz, don Mauricio Aquiles Cardoen Ubago, don Agustín Mauricio Cardoen Spoerer y doña Victoria Cardoen Spoerer, vienen en modificar los estatutos de LS Asesorías Limitada, fijados originalmente en la cláusula UNDÉCIMO de la escritura pública de diecisiete de noviembre, debidamente individualizada en el artículo PRIMERO de la escritura extractada, en los términos expuestos a continuación: Los actuales socios acuerdan modificar la cláusula SEXTA de los estatutos de LS Asesorías Limitada, la cual queda del siguiente tenor: “SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de diez mil pesos, que los socios han enterado y pagado íntegramente en la caja social y se encuentra distribuido entre los socios de la siguiente forma: doña Silvia Elizabeth Loyarte Román con el dieciséis coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Diego Ignacio Mualim Loyarte con el dieciséis por ciento de los derechos sociales, doña Magdalena Paz Mualim Loyarte con el dieciséis por ciento de los derechos sociales, doña Macarena María Spoerer Fritz con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Mauricio Aquiles Cardoen Ubago con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, don Agustín Mauricio Cardoen Spoerer con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales y doña Victoria Cardoen Spoerer con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales. DÉCIMO PRIMERO.- VIGENCIA DE PACTO SOCIAL Y LÍMITE DE RESPONSABILIDAD. Los socios dejan expresa constancia que el pacto social de LS Asesorías Limitada se mantiene plenamente vigente en todo lo no modificado expresamente por la presente escritura, especialmente en lo que dice relación con la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2019.- Eduardo Diez Morello.- Notario Público Titular.