CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES CLUNY SpA

CVE 1659344
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura Pública de fecha 10 de septiembre de 2019, ante mí: doña MARIA INES JULLIAN DE LA FUENTE, viene en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos; I. Razón social. “INVERSIONES CLUNY SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CLUNY SpA” II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: (a) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; (c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; y (d) realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios. III. Capital. $10.000.000, dividido en un 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una. El capital deberá quedar pagado dentro del plazo de 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura, y podrá pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, incluyendo el aporte de acciones o derechos de toda clase de sociedades. IV. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. V. Duración. Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago 24 de Septiembre de 2019.