DISTRIBUIDORA MULTICAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2019
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, 36 Notaría Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2019, rectificada por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2019, ante mí, la comunidad quedada al fallecimiento de don José Eduardo Cano, compuesta por doña MARÍA SOL CANO, domiciliada en calle Emilio Pettoruti número 2514, Barrio Alto Palermo, Córdoba, Argentina; doña PILAR CANO, domiciliada en calle San Jerónimo número 2627, quinto piso, letra D, Barrio San Vicente, Córdoba, Argentina, ambas representadas por don Ricardo Abdala Hirane, doña MILAGROS CANO CRISTANTE, domiciliada para estos efectos en Rosario Norte número 555, oficina números 604 y 605, comuna de las Condes, Región Metropolitana, y don SANTIAGO LUIS BENGOLEA HURTADO, por sí y en representación de COMERCIAL AUTOMOTRIZ ICALMA LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida Bilbao número 1047, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad DISTRIBUIDORA MULTICAR LIMITADA, en el siguiente sentido: i) Don Santiago Luis Bengolea Hurtado, se desiste y retira su declaración de término de la sociedad “DISTRIBUIDORA MULTICAR LIMITADA” efectuada mediante escritura pública de fecha de 18 de mayo de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado y anotada al margen de la inscripción social, declarando expresamente su voluntad de continuar con la sociedad; ii) La comunidad quedada al fallecimiento de don José Eduardo Cano, compuesta por doña María Sol Cano, doña Pilar Cano y doña Milagros Cano Cristante, como socias de la sociedad, aceptan el retiro de la declaración de término señalado precedentemente; iii) En consecuencia y tomando en consideración que “DISTRIBUIDORA MULTICAR LIMITADA” ha continuado en las operaciones de su giro, que no se ha liquidado ni dado aviso de término de giro al Servicio de Impuestos Internos, “DISTRIBUIDORA MULTICAR LIMITADA” vuelve al estado en que se encontraba previo a la declaración de término efectuada por don Santiago Bengolea Hurtado; iv) La comunidad quedada al fallecimiento de don José Eduardo Cano, compuesta por doña María Sol Cano, doña Pilar Cano y doña Milagros Cano Cristante: a) vendieron, cedieron y transfirieron a don Santiago Luis Bengolea Hurtado, quién compró, adquirió y aceptó para sí el 39 por ciento de los derechos sociales de que son dueñas las cedentes, , en los términos señalados en la escritura; y, b) vendieron, cedieron y transfirieron a Comercial Automotriz Icalma Limitada, quién compró, adquirió y aceptó para sí el 1% de los derechos sociales de que son es dueñas las cedentes, en los términos señalados en la escritura. En consecuencia, quedaron como únicos socios de la sociedad don Santiago Luis Bengolea Hurtado y Comercial Automotriz Icalma Limitada. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de septiembre de 2019.