Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad serán las siguientes actividades: UNO) Prestar toda clase de consultorías en asuntos relacionados al cumplimiento normativo o compliance, incluyendo el diseño, implementación y supervisión de modelos de prevención de delitos; DOS) Desarrollar y comercializar tecnologías y softwares relacionados con el cumplimiento normativo y prevención de delitos; TRES) Certificar la adopción e implementación de modelos de prevención de delitos; y CUATRO) Realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que los accionistas acuerden, sin limitación alguna
Administración
La administración y representación corresponderá a MAGLIO ALFREDO RAMÍREZ ASTUDILLO, quien la ejercerá individualmente con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo delegar la administración en una o más personas con las facultades que explícitamente se señalen, debiendo constar dicha designación en escritura pública o instrumento privado protocolizado y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos N°332, Santiago, certifico: Por escritura hoy, ante mí, MAGLIO ALFREDO RAMIREZ ASTUDILLO, abogado, C.I. N°14.257.563-9, domiciliado en Jardín Oriente N°021, casa 010, Til Til, Región Metropolitana; EDGARDO ISIDORO PARRA LAGOS, ingeniero comercial, C.I. N°15.622.201-1, domiciliado en San Nicolás N°1.033, depto. 1.101, San Miguel, Región Metropolitana; MIGUEL ÁNGEL RIQUELME CAMPUSANO, contador auditor, C.I. N°11.869.081-8, domiciliado en Alonso de Berríos N°6.342, Peñalolén, Región Metropolitana y MOISÉS RODRIGO MORAGA ROJAS, ingeniero en computación e informática, C.I. N°8.543.704-6, domiciliado en Los Avellanos N°3.915, Puente Alto, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones de conformidad a Artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extractan: Nombre: “BRIDGE COMPLIANCE SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad serán las siguientes actividades: UNO) Prestar toda clase de consultorías en asuntos relacionados al cumplimiento normativo o compliance, incluyendo el diseño, implementación y supervisión de modelos de prevención de delitos; DOS) Desarrollar y comercializar tecnologías y softwares relacionados con el cumplimiento normativo y prevención de delitos; TRES) Certificar la adopción e implementación de modelos de prevención de delitos; y CUATRO) Realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que los accionistas acuerden, sin limitación alguna. Administración: La administración y representación corresponderá a MAGLIO ALFREDO RAMÍREZ ASTUDILLO, quien la ejercerá individualmente con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo delegar la administración en una o más personas con las facultades que explícitamente se señalen, debiendo constar dicha designación en escritura pública o instrumento privado protocolizado y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor y sin valor nominal, que fueron suscritas y pagadas de la siguiente manera: a) MAGLIO ALFREDO RAMIREZ ASTUDILLO, aportó $350.000, en dinero efectivo, por lo que suscribió y pagó 350 acciones; b) EDGARDO ISIDORO PARRA LAGOS, aportó $218.000, en dinero efectivo, por lo que suscribió y pagó 218 acciones; c) MIGUEL ÁNGEL RIQUELME CAMPUSANO, aportó $216.000, en dinero efectivo, por lo que suscribió y pagó 216 acciones; y d) MOISÉS RODRIGO MORAGA ROJAS, aportó $216.000, en dinero efectivo, por lo que suscribió y pagó 216 acciones. Los importes ingresaron a la caja social. De conformidad a lo expuesto, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 13 de septiembre de 2019.