SOCIEDAD INVERSIONES CONDOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Objeto social
“a) La compra, venta, subdivisión, urbanización, comercialización, administración, arriendo, subarriendo, comodato y cualquier otra forma de cesión definitiva o temporal, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y c) La prestación integral de servicios inmobiliarios, de inspección técnica de obra, de arquitectura y legales, Actividades de consulturia y gestión; Fondos y sociedades de Inversión y entidades financieras similares; otros servicios de corretaje de valores y commodities, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o de terceros, de manera tan amplia como el giro lo permita.- En lo no modificado rige pacto social constitutivo.- Santiago, 23 de Septiembre 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJose Leonardo Brusi Muñoz, Suplente de Alvaro D. Gonzalez Salinas, Titular 42 Notaría Santiago, Agustinas Nº 1070, 2do Piso. Certifica: por escritura pública de fecha 23/09/2019, otorgada ante mí, Don Jose David Fernández Frías, Venezolano, soltero, empleado, cédula Nº 26.118.136-3, y Don Jose Luis Palacios Vergara, Chileno, soltero, Ingeniero en Informática, Cédula Nº 10.714.365-3, ambos Calle Catedral 4245, departamento 303, Comuna de Santiago, Modifican Sociedad Responsabilidad Limitada montos respectivos aportes, Constituida en Notaria de Santiago de Don Álvaro Gonzalez Salinas, con fecha 07-02-2018, “SOCIEDAD INVERSIONES CONDOR LIMITADA”, R.U.T.Nº 76.857.723-4, inscrita Fs. 19.633 Nº 10.487, CBR Santiago, año 2018, siguiente sentido: Los socios vienen en Modificar la cláusula relativa al objeto social ampliándolo, incorporando el siguiente objeto social: “a) La compra, venta, subdivisión, urbanización, comercialización, administración, arriendo, subarriendo, comodato y cualquier otra forma de cesión definitiva o temporal, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y c) La prestación integral de servicios inmobiliarios, de inspección técnica de obra, de arquitectura y legales, Actividades de consulturia y gestión; Fondos y sociedades de Inversión y entidades financieras similares; otros servicios de corretaje de valores y commodities, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o de terceros, de manera tan amplia como el giro lo permita.- En lo no modificado rige pacto social constitutivo.- Santiago, 23 de Septiembre 2019.