CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones ALH Limitada

CVE 1656891
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
20 años, renovables por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno. Responsabilidad: La

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sea propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el

Administración

corresponde a los socios Hernán Jorge Hurtado Edwards y Guillermo Alberto Hurtado Edwards quienes actuando conjuntamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2019, ante mí, Marta María Hurtado Edwards, Paula Isabel Hurtado Edwards, María Magdalena Hurtado Edwards, Hernán Jorge Hurtado Edwards y Guillermo Alberto Hurtado Edwards, todos domiciliados para estos efectos en Hijuela N°2, Fundo Ranchillo, comuna de María Pinto, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón social:“INVERSIONES ALH LIMITADA”pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada “INVERSIONES ALH LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sea propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital Social: $1.000.000 que los socios aportan en dinero efectivo de la siguiente forma: 1) Doña Marta María Hurtado Edwards aporta la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales. 2) Doña Paula Isabel Hurtado Edwards aporta la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales. 3) Doña María Magdalena Hurtado Edwards aporta la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales. 4) Don Hernán Jorge Hurtado Edwards aporta la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales. 5) Don Guillermo Alberto Hurtado Edwards aporta la suma de $200.000, equivalentes al restante 20% del capital y derechos sociales. Administración y uso de la Razón social: corresponde a los socios Hernán Jorge Hurtado Edwards y Guillermo Alberto Hurtado Edwards quienes actuando conjuntamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición. Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 20 años, renovables por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 16 de septiembre de 2019. Jorge Reyes Bessone.-