Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 14936
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, abogado, Notario Público, Titular de la 21 Notaría Santiago, Huérfanos Nº 578, comuna Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10/09/2019, Repertorio Nº 14.936, ante mí, KAIZEN SpA., rol único tributario número setenta y siete millones treinta y dos mil setecientos treinta y seis guión nueve, domicilio en calle Altos del Carmen número mil cuatrocientos noventa y nueve, casa E treinta y tres, comuna de Huechuraba y SERVICIOS INFORMÁTICOS Y EDUCACIONALES METADA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento setenta y seis mil setecientos setenta y nueve guión ocho, domicilio en calle Punta Nogales número mil trescientos veintitrés, casa veintidós, comuna de Huechuraba, constituyeron una Sociedad por Acciones. NOMBRE: “BRIK SpA”. OBJETO: El La sociedad tendrá por objeto: a) La realización de asesorías y consultoría en informática; b) El desarrollo, elaboración, compra, venta, arriendo, operación, mantención y reparación de software y programas y plataformas computacionales; c) La compra, venta y arriendo de bases de datos, y el procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos; d) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; e) La prestación de servicios integrales de informática y de servicios profesionales de cualquier naturaleza; f) Cualquier otra actividad permitida por la legislación Chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social; y cualquier acto que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de diecisiete millones novecientos dieciséis mil pesos dividido en diecisiete mil novecientos dieciséis acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas e íntegramente pagadas. Demás estipulaciones escritura extractada.