CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BRIK SpA

CVE 1656898
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2019
Repertorio
14936
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, abogado, Notario Público, Titular de la 21 Notaría Santiago, Huérfanos Nº 578, comuna Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10/09/2019, Repertorio Nº 14.936, ante mí, KAIZEN SpA., rol único tributario número setenta y siete millones treinta y dos mil setecientos treinta y seis guión nueve, domicilio en calle Altos del Carmen número mil cuatrocientos noventa y nueve, casa E treinta y tres, comuna de Huechuraba y SERVICIOS INFORMÁTICOS Y EDUCACIONALES METADA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento setenta y seis mil setecientos setenta y nueve guión ocho, domicilio en calle Punta Nogales número mil trescientos veintitrés, casa veintidós, comuna de Huechuraba, constituyeron una Sociedad por Acciones. NOMBRE: “BRIK SpA”. OBJETO: El La sociedad tendrá por objeto: a) La realización de asesorías y consultoría en informática; b) El desarrollo, elaboración, compra, venta, arriendo, operación, mantención y reparación de software y programas y plataformas computacionales; c) La compra, venta y arriendo de bases de datos, y el procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos; d) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; e) La prestación de servicios integrales de informática y de servicios profesionales de cualquier naturaleza; f) Cualquier otra actividad permitida por la legislación Chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social; y cualquier acto que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de diecisiete millones novecientos dieciséis mil pesos dividido en diecisiete mil novecientos dieciséis acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas e íntegramente pagadas. Demás estipulaciones escritura extractada.