POLICARPO REBOLLEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2019
- Notario
- notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $750.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA JOSE BRAVO CRUZ, abogado, notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaria de Santiago, ubicada en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de agosto de 2019, ante el titular de este oficio, comparece: POLICARPO ERNESTO REBOLLEDO MARCHESINI, cédula de identidad número seis millones cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete guión dos , domiciliado en Avenida Vespucio Sur número seiscientos cuarenta y seis departamento ciento sesenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago, NATALIA IVONNE CLAVIJO REBOLLEDO, cédula de identidad número diez millones ciento cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y seis guión cuatro, domiciliada en domiciliada Avenida Beauchef número mil doscientos sesenta y tres, comuna de Santiago,CATALINA MARIA REBOLLEDO ALIAGA, cédula de identidad número quince millones setecientos diez novecientos ochenta y nueve guión ocho, domiciliado en Avenida Vespucio Sur número seiscientos cuarenta y seis departamento ciento sesenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago, modifican sociedad denominada “POLICARPO REBOLLEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas setecientos ochenta y siete, número quinientos noventa y cuatro del Registro de Comercio de Santiago del año mil novecientos noventa y ocho y publicada en el inscrita a fojas cuarenta y dos mil cuatrocientos quince número veintiocho mil doscientos noventa y cuatro del Registro de Comercio del año dos mil trece del Conservador de Bienes raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial con fecha doce de junio de dos mil trece. en los siguientes sentidos: el socio, NATALIA IVONNE CLAVIJO REBOLLEDO vende y cede el cinco por ciento del total de sus derechos en la antedicha sociedad, iguales al cinco por ciento en el capital de la misma a doña CATALINA MARÍA REBOLLEDO ALIAGA, quién los compra y acepta para sí, siendo el precio de la cesión la suma de cuatrocientos mil pesos, suma que es pagada en este acto, en dinero efectivo, recibido por el cedente a su entera conformidad; y el socio POLICARPO ERNESTO REBOLLEDO MARCHESINI, vende y cede el quince por ciento del total de sus derechos en la antedicha sociedad, iguales al quince por ciento en el capital de la misma a doña CATALINA MARÍA REBOLLEDO ALIAGA, quién los compra y acepta para sí, siendo el precio de la cesión la suma de cuatrocientos mil pesos, suma que es pagada en este acto, en dinero efectivo, recibido por el cedente a su entera conformidad. Como consecuencia de la modificación acordada quedan como únicos y exclusivos socios don POLICARPO ERNESTO REBOLLEDO MARCHESINI con el 75% y doña CATALINA MARÍA REBOLLEDO ALIAGA con el 25%, cada uno del capital social; así también se modifica la cláusula quinta relativa al capital de la sociedad quedando del siguiente tenor, cláusula quinta: don POLICARPO ERNESTO REBOLLEDO MARCHESINI, aporta el 75%, esto es, la suma de $750.000, pagados al contado y en efectivo, ya ingresados a la caja social; y doña CATALINA MARIA REBOLLEDO ALIAGA, aporta el 25%, esto es, la suma de $250.000, pagados al contado y en efectivo, ya ingresados a la caja social. En todo lo no modificado continúa vigente el pacto social constitutivo. 02 de septiembre de 2019.-