MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LILLY WHITE DENTAL LIMITADA

RUT 76339675-4 CVE 1656466
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$400.000 CLP
Domicilio
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros las siguientes actividades: -a- La realización y prestación de todo tipo de servicios odontológicos y médicos dentales, comprendiendo dentro de ellos el diagnóstico, prevención, rehabilitación, tratamiento y reparación dental y, en general, cualquier otra actividad afín a la odontología, -b- La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. – c- La importación, exportación, comercialización y venta de insumos, maquinaria y cualquier tipo de bien relacionado principalmente con los servicios odontológicos, o con cualquier tipo de rubro en general. -d- invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro y títulos crediticios. -e- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos y construir en ellos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma -f- Cualquier otra actividad que acuerden los socios -g- En general, se entienden comprendidos dentro del giro, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen: MARÍA CARINA FAURÉ KRAUSE, MARÍA LUISA KRAUSE UGARTE y MILENA FAURÉ KRAUSE, todas domiciliadas en Waterloo 898, comuna de Las Condes: Acordaron, transformar la sociedad “LILLY WHITE DENTAL LIMITADA", inscrita a fojas 29.231, número 18.263 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014, en Sociedad por Acciones. NOMBRE: SOCIEDAD ODONTOLÓGICA Y DE INVERSIONES LILLY WHITE DENTAL SpA. OBJETO: El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros las siguientes actividades: -a- La realización y prestación de todo tipo de servicios odontológicos y médicos dentales, comprendiendo dentro de ellos el diagnóstico, prevención, rehabilitación, tratamiento y reparación dental y, en general, cualquier otra actividad afín a la odontología, -b- La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. – c- La importación, exportación, comercialización y venta de insumos, maquinaria y cualquier tipo de bien relacionado principalmente con los servicios odontológicos, o con cualquier tipo de rubro en general. -d- invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro y títulos crediticios. -e- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos y construir en ellos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma -f- Cualquier otra actividad que acuerden los socios -g- En general, se entienden comprendidos dentro del giro, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y/o en el extranjero. CAPITAL: $400.000, dividido en 400 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) MARÍA CARINA FAURÉ KRAUSE suscribe 200 acciones por un valor de $200.000, que se entienden pagadas imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada; avaluados de común acuerdo en dicha cantidad; b) MARÍA LUISA KRAUSE UGARTE suscribe 100 acciones por un valor de $100.000, que se entienden pagadas imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada; avaluados de común acuerdo en dicha cantidad; y c) MILENA FAURÉ KRAUSE suscribe 100 acciones por un valor de $100.000, que se entienden pagadas imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada; avaluados de común acuerdo en dicha cantidad. De conformidad con lo anterior, la totalidad del capital ha sido suscrito y pagado. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2019.