INMOBILIARIA ESTAMBUL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2019
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaría, ubicada en calle Amunategui 391 local 1, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2019 hoy ante mí, don CARLOS ALONSO RUBIO PIZARRO, chileno, casado, separado de bienes, comerciante, cedula nacional de identidad número 5.487.595-9; TERESA ORELLANA ESPINOZA, chilena, casada con el compareciente individualizado anteriormente, en régimen de separación total de bienes, según se acreditará, profesora, cedula nacional de identidad número 5.641.559-9; CLAUDIO RUBIO ORELLANA, chileno, casado, separado de bienes, músico, cedula nacional de identidad número 12.063.656-1; CARLA RUBIO ORELLANA, chilena, soltera, ingeniera comercial, cedula nacional de identidad número 12.852.694-3; y PABLO RUBIO ORELLANA, chileno, casado, en régimen de sociedad conyugal, cedula nacional de identidad número 14.121.139-0, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Viel número 1484, comuna de Santiago, Región Metropolitana, mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas citadas, modificaron la sociedad INMOBILIARIA ESTAMBUL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.888.127-8, constituida por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2018, ante Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público titular de la 43 notaria de Santiago, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 31.611, número 16.703, del año 2018 y publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de mayo de 2018 y modificada por escritura pública de fecha 6 de junio de 2018, ante Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 44.292, número 23.004, del año 2018 y publicada en el Diario Oficial de fecha 1 de agosto de 2018. Declaran que amplían las facultades de don CARLOS ALONSO RUBIO PIZARRO, a quien en el pacto social primitivo se le ha entregado las facultades de administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de conferirle expresamente la facultad de, como mandatario de la sociedad, autocontratar, vale decir, pueda al mismo tiempo vender y comprar para sí bienes de la sociedad. En lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo y la modificación ya indicada. Ratifican además en todas sus partes lo actuado por don CARLOS ALONSO RUBIO PIZARRO, al suscribir como representante de la sociedad, el contrato de compraventa suscrito por escritura pública de fecha 25 de julio del año 2019, suscrita ante notario de Santiago, WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, cuya cosa vendida fue el 42,94% de la parcela número diez del plano de reloteo de los lotes A - uno y A - cuatro, El Trebolar.- Comuna de Calera de Tango, Provincia de Maipo, y el mismo porcentaje de los derechos de los que los vendedores eran dueños sobre los caminos de acceso y caminos interiores de la Parcelación El Trebolar, así como el mismo porcentaje de los derechos de agua con que se cultiva la parcela número diez del plano de reloteo de los lotes A - uno y A - cuatro.- El Trebolar, comuna de Calera de Tango. Todo esto en los términos que especifica la escritura extractada. Santiago 11 de Septiembre 2019.