CONSTITUCIÓN Cooperativa

Cooperativa de Servicios Múltiples de Labrantes y Laburantes, Obreros e Industriales, Científicos y Agricultores Limitada

RUT 8252630-7 CVE 1656088
Capital
$110.000 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2019
Notario
Roberto Puga Pino
Domicilio
don Francisco Javier Leiva Carvajal
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$110.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la Cooperativa será la ciudad de Los Andes
Duración
Indefinida

Objeto social

- La Cooperativa tendrá por objeto satisfacer las necesidades e intereses comunes de los socios, socias, sus familias y terceros a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa

Administración

- La dirección, administración, operación y vigilancia de la Cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; y d) La Junta de Vigilancia. Ninguna persona que desempeñe en la Cooperativa un cargo remunerado, por concepto de contrato laboral, podrá desempeñar al mismo tiempo el cargo de dirigente en ninguna de sus formas. Serán incompatibles, los cargos en el Consejo de Administración con los de la Junta de Vigilancia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Roberto Puga Pino, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura hoy ante mí: don Marcel Henri Claude Reyes, chileno, divorciado, economista, C.I.N° 8.252.630-7, con domicilio en calle Rancagua N° 261, Comuna de Los Andes, Quinta Región, debidamente facultado, reduce a escritura pública acta constitutiva de: “Cooperativa de Servicios Múltiples de Labrantes y Laburantes, Obreros e Industriales, Científicos y Agricultores Limitada”, también denominada con el nombre de fantasía “Cooperativa Lloica Andina”, ESTATUTO SOCIAL. Cooperativa de Servicios Múltiples de Labrantes y Laburantes, Obreros e Industriales, Científicos y Agricultores Limitada. TÍTULO I.- Nombre.- Constituyese una Cooperativa de Servicios Múltiples, de capital variable e ilimitado número de socios, cuya razón social será “Cooperativa de Servicios Múltiples de Labrantes y Laburantes, Obreros e Industriales, Científicos y Agricultores Limitada”, también denominada con el nombre de fantasía “Cooperativa Lloica Andina”. Objeto.- La Cooperativa tendrá por objeto satisfacer las necesidades e intereses comunes de los socios, socias, sus familias y terceros a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa. Domicilio.- El domicilio de la Cooperativa será la ciudad de Los Andes, sin perjuicio de las sucursales u oficinas que se puedan establecer en otro lugar del país o del extranjero. Duración: La duración de la Cooperativa será indefinida.- Capital.- El capital inicial suscrito e íntegramente pagado a la Cooperativa asciende a la cantidad de $110.000 chilenos divididos en 1.100 cuotas de participación de $100 chilenos cada una, en donde cada socio adquiere y posee un mínimo de 100 cuotas de participación. Los socios y socias de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de 100 cuotas de participación. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las cuotas de participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca la División de Asociatividad y Economía Social del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. El capital social de la Cooperativa será variable e ilimitado y se formará con las sumas que paguen los socios por las suscripciones de sus cuotas de participación. El capital social podrá aumentarse por acuerdo de la Junta General de Socios, la que fijará la modalidad de descuento a formularse en las distribuciones de pago mensuales. Administración.- La dirección, administración, operación y vigilancia de la Cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; y d) La Junta de Vigilancia. Ninguna persona que desempeñe en la Cooperativa un cargo remunerado, por concepto de contrato laboral, podrá desempeñar al mismo tiempo el cargo de dirigente en ninguna de sus formas. Serán incompatibles, los cargos en el Consejo de Administración con los de la Junta de Vigilancia. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 13-09-2019.