MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS JURÍDICOS Y CONSULTORÍA MANCINI & ASOCIADOS ABOGADOS LIMITADA

RUT 76251788-4 CVE 1655833
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2019
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2019
Notario
Álvaro Andrés Gajardo Casañas
Oficio
4ª Notaría Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Andrés Gajardo Casañas, Notario Público Titular 4ª Notaría Puerto Montt, Urmeneta Nº542, certifica que por escritura pública de fecha 10/09/2019, ante mí: Don Daniel Alejandro Mancini Esquivel y doña Daniela Luz Raimann Narváez, ambos domiciliados en Avenida Juan Soler Manfredini N°41, of. 11.003, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD DE SERVICIOS JURÍDICOS Y CONSULTORÍA MANCINI & ASOCIADOS ABOGADOS LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 26 de Febrero del año 2013, otorgada en la Notaria de Santiago de don Félix Jara Cadot, e inscrita en extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.158 bajo el número 11.853, del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial N° 40.498 el 01 de Marzo de 2013. Se modifica la sociedad mencionada en el siguiente sentido: don DANIEL ALEJANDRO MANCINI ESQUIVEL y doña DANIELA LUZ RAIMANN NARVÁEZ, anteriormente individualizados, vienen en modificar la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía de la Sociedad, reemplazando la cláusula quinta de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “QUINTO: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía de la Sociedad corresponderá a los socios, DANIEL ALEJANDRO MANCINI ESQUIVEL, cédula nacional de identidad número 14.351.690-3, y doña DANIELA LUZ RAIMANN NARVÁEZ, cédula nacional de identidad número 15.531.031-6, anteriormente individualizados, quienes podrán representar a la Sociedad, indistintamente, en forma conjunta o separada, anteponiendo la razón social a su firma, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Sin que la enumeración sea taxativa, facultades descritas en la escritura extractada. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt 13/09/2019.