MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA VALLES DEL SUR LIMITADA

RUT 86913300-0 CVE 1655698
Fecha instrumento
12 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2019
Repertorio
11795/2019
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 12/08/2019, repertorio N° 11795 / 2019, otorgada en esta Notaría, JORGE CRISTIAN KLAMMER BORGOÑO, domiciliado en Nueva Costanera N° 4331, Vitacura; MARIE LOUISE DE FERARI DUKE, domiciliada en Av. Américo Vespucio Norte N° 2050, depto. 902, Vitacura; DOMINIQUE KLAMMER DE FERARI, domiciliada en Joaquín Cerda N° 6245, Vitacura; CRISTIAN KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Juan XXIII N° 6135, Vitacura, y FRANCISCO JOSÉ KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Av. Américo Vespucio Norte N° 2050, depto. 902, Vitacura, por sí y en representación de NICOLAS KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Campo de Mayo N° 5975, Vitacura, modificaron el estatuto social en lo relativo a las facultades de los socios administradores y sustituyeron la cláusula quinta del estatuto social de la “SOCIEDAD AGRÍCOLA VALLES DEL SUR LIMITADA” como sigue: “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social o el nombre de fantasía corresponderán indistintamente a cada uno de los socios don Jorge Cristian Klammer Borgoño y doña Marie Louise De Ferari Duke o a dos cualquiera de los restantes socios actuando conjuntamente, todos quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración sea taxativa, cada uno de los socios administradores actuando conjunta o separada e indistintamente, según corresponda, tendrán las más amplias facultades, pudiendo…”. Todas y cada una de las facultades de los socios constan en la escritura. pam.