Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud; consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar; compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí don HANS GERMAN ERPEL NORAMBUENA, chileno, médico cirujano, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos diez mil setecientos treinta y ocho guión cero, domiciliado en Avenida Condell dieciocho cero siete, departamento ciento uno Comuna de Ñuñoa; don JOAQUIN IGNACIO QUINTEROS BAZAN, chileno, factor de comercio, soltero, cédula de identidad diecisiete millones novecientos sesenta mil doscientos noventa y seis guion dos, domiciliado en El Bauble treinta y ocho quince Comuna de Puente Alto, de paso en esta, los comparecientes mayores de edad quienes acreditan su identidad con su documento nacional de identidad, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “SERVICIOS MEDICOS HANS ERPEL SpA”. Nombre de fantasía “HANSELOT SpA”. Objeto: prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud; consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar; compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en cualquier punto del país o extranjero. Administración y uso de razón social: corresponderá en al socio constituyente Hans German Erpel Norambuena. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social. Correspondiéndole al constituyente Hans German Erpel Norambuena, la cantidad de seiscientas acciones nominativas que representan el sesenta por ciento del capital social, suscritas y pagadas, al socio Joaquin Ignacio Quinteros Bazan, la cantidad de cuatrocientas acciones nominativas que representa el cuarenta por ciento del capital social, suscritas y pagadas. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas fisicas de los títulos en donde consten las acciones. Cada una de las acciones asciende al valor de mil pesos.- Los socios declaran que la sociedad se regirá en todas sus operaciones comerciales, por el sistema de Renta Atribuida. Responsabilidad: limitada monto de aporte. Duración: indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de septiembre de 2019.-