SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2015
- Repertorio
- 3981-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “EMOTION TOUR CHILE LTDA”
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años contados desde fecha de escritura que es extracta, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con una anticipación no inferior a 6 meses anteriores al vencimiento del plazo de duración o prórroga respectiva. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus
Objeto social
Es: a) Transporte de pasajeros sea nacional o internacional, ya sea en vehículos propios o ajenos; b) Servicio de turismo nacional e internacional, viajes de estudios, adultos mayores, colegios, empresas, etc; c) desarrollo y explotación comercial, por sí o a través de terceros, de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas y)o deportivas y la prestación de servicios relacionados con tales fines; d) La construcción, adquisición, instalación y explotación de, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de hoteles, hostales, posadas, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, resort, cabañas, campings, restaurantes, almacenes, minimarket, salones de té, cafeterías, pub, establecimientos destinados a la práctica de todo tipo de deportes o actividades invernales, tales como sky, snowboard o actividades al aire libre como cabalgatas, como botes, lanchas, embarcaciones menores a vela o motor, kayacs, jeeps, motos, andariveles, sky, botas, lentes, bastones, tablas de snowboard; e) La construcción, la instalación y explotación de canchas y clubes de golf; f) La organización de actividades y campañas de exploración de zona de interés ecológico, con finalidades recreativas, de esparcimiento, turística y)o científicas, por cuenta propia o de terceros; g) La compra, venta, importación, comercialización o distribución a cualquier título o forma de toda clase de bienes muebles, materias primas, productos elaborados, equipos, partes y piezas de todo tipo; h) Realizar toda otra actividad, industria, asesorías servicios y negocios realizados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL Y DEL
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA JIMÉNEZ RIQUELME, abogado, Notario Suplente de doña GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Titular de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía de Jesús Nº 1068, locales 391 y 395, Santiago, certifico que con fecha de hoy ante mí, se redujo a escritura pública, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada ante doña Paola Jiménez Riquelme, Notario Suplente de la titular doña Gloria Ortiz Carmona, Repertorio Nº 3981-2019, se transformó la sociedad denominada “SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE SpA”, RUT Nº 76.505.465-6, constituida por escritura pública de 2 de octubre de 2015, otorgada ante el Notario Público y Archivero de San Miguel don Wladimir Schramm López, como sociedad “SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE LIMITADA”, cuyo extracto se inscribió a fojas 74.453 Nº 43.523 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2015 y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de 8 ocho de octubre de 2015, Nº 41.277; transformada posteriormente a SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE SpA O EMOTION TOUR CHILE SpA, mediante escritura pública otorgada en la 25º Notaría de Santiago, de doña Gloria Ortiz Carmona, el 5 de junio de 2019, cuyo extracto se inscribió a fojas 45.936 Nº 23.029 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019 y se publicó en la edición Nº 42.378 del siguiente tenor: don CARLOS HERNÁN DÍAZ COTRINA y doña MARÍA CECILIA LEON HOYOS, ambos con domicilio en Morandé Nº 626, departamento 2012, Comuna de Santiago; transformaron la sociedad “SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE SpA” en una sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “SERVICIO DE TURISMO Y TRANSPORTE EMOTION TOUR CHILE LIMITADA”, Nombre de fantasía: “EMOTION TOUR CHILE LTDA”. OBJETO: Es: a) Transporte de pasajeros sea nacional o internacional, ya sea en vehículos propios o ajenos; b) Servicio de turismo nacional e internacional, viajes de estudios, adultos mayores, colegios, empresas, etc; c) desarrollo y explotación comercial, por sí o a través de terceros, de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas y/o deportivas y la prestación de servicios relacionados con tales fines; d) La construcción, adquisición, instalación y explotación de, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de hoteles, hostales, posadas, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, resort, cabañas, campings, restaurantes, almacenes, minimarket, salones de té, cafeterías, pub, establecimientos destinados a la práctica de todo tipo de deportes o actividades invernales, tales como sky, snowboard o actividades al aire libre como cabalgatas, como botes, lanchas, embarcaciones menores a vela o motor, kayacs, jeeps, motos, andariveles, sky, botas, lentes, bastones, tablas de snowboard; e) La construcción, la instalación y explotación de canchas y clubes de golf; f) La organización de actividades y campañas de exploración de zona de interés ecológico, con finalidades recreativas, de esparcimiento, turística y/o científicas, por cuenta propia o de terceros; g) La compra, venta, importación, comercialización o distribución a cualquier título o forma de toda clase de bienes muebles, materias primas, productos elaborados, equipos, partes y piezas de todo tipo; h) Realizar toda otra actividad, industria, asesorías servicios y negocios realizados directa o indirectamente y accesorios con el giro social antes señalado y con cualquiera otro, que los socios de común acuerdo dispongan por cuenta propia o ajena sin que la descripción de éste, signifique limitación alguna, para todo lo cual podrá celebrar los actos, convenios y contratos que sean necesarios y convenientes para su desarrollo comercial, con toda clase de personas; debiendo solamente la sujetarse a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL Y DEL NOMBRE DE FANTASÍA: Corresponderá a la socia doña MARÍA CECILIA LEON HOYOS. CAPITAL: Será la suma de $5.000.000, que se aportan por los socios de la siguiente manera: a) Socia doña MARÍA CECILIA LEON HOYOS, aporta la suma de $2.500.000, con cargo a su aporte al capital por los derechos sociales antes de su transformación y que equivalen al 50% del capital social de la empresa; y b) Socio don CARLOS HERNÁN DÍAZ COTRINA, aporta la suma de $2.500.000, con cargo a su aporte al capital por los derechos sociales antes de su transformación, y por la compra de acciones que hiciere a doña MARÍA CECILIA LEON HOYOS, antes de la respectiva transformación; entendiéndose suscritos y pagados los aportes e ingresados en la caja social. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. DURACIÓN: 5 años contados desde fecha de escritura que es extracta, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con una anticipación no inferior a 6 meses anteriores al vencimiento del plazo de duración o prórroga respectiva. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus aportes. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 4 de septiembre de 2019.