MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ISAQUIM QUIMICA LIMITADA

RUT 77206040-8 CVE 1655695
Fecha instrumento
10 de enero de 2014
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2014
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10ª Notaría Santiago, Agustinas 1235, local 2, piso 1 y 2, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí, PABLO REINALDO IDE FRESE, C.I.N° 5.392.538-3; JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, C.I.N° 9.981.412-8; MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, C.I.N° 9.981.411-K; RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE, C.I.N° 9.981.387-3; MARICARMEN IDE VINAGRE, C.I.N° 15.640.500-0; y SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ, C.I.N° 16.532.394-7; por sí y en representación convencional, de SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS, C.I.N° 7.016.816-2; todos domiciliados sólo para estos efectos en Hermanos Amunategui N° 232, oficina 2001, piso 20, Santiago, modificaron “ISAQUIM QUIMICA LIMITADA”, constituida el 01 de Septiembre de 1998, suscrita ante notario Fernando Opazo Larraín, extracto inscrito a Fojas 20.970, Número 16.987, en el Registro de Comercio del Conservar de Bienes Raíces de Santiago del año 1998, en siguiente sentido: PRIMERO: PABLO REINALDO IDE FRESE, JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE, MARICARMEN IDE VINAGRE y SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ, han convenido resciliar el contrato de modificación social en virtud del cual, Primero, PABLO REINALDO IDE FRESE vendió, cedió y transfirió a JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE y a MARICARMEN IDE VINAGRE, sus derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “ISAQUIM QUIMICA LIMITADA”; y Segundo, SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ vendió, cedió y transfirió a PABLO REINALDO IDE FRESE, sus derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “ISAQUIM QUIMICA LIMITADA”. En este contexto, se rescilia el contrato de modificación social a través del cual se efectuó la venta, cesión y transferencia de derechos, que corresponde a la Escritura Pública de fecha nueve de septiembre del año dos mil catorce, suscrita ante el Notario Público de la ciudad de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, modificación que fue inscrita a Fojas 73.664, N° 44.843 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, poniendo término a todas las obligaciones que emanan de dicho contrato. JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE y MARICARMEN IDE VINAGRE, restituyen en este acto y en dinero efectivo a PABLO REINALDO IDE FRESE la suma de $240.000., cada uno de ellos, correspondiente al precio de las receptivas cesiones, quien lo recibe a entera y total satisfacción. PABLO REINALDO IDE FRESE, restituye en este acto y en dinero efectivo a SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ la suma de $10.000, correspondiente al precio de la receptiva cesión, quien lo recibe a entera y total satisfacción. Las partes se otorgan completo finiquito de su relación contractual. SEGUNDO: Por el presente instrumento, PABLO REINALDO IDE FRESE, SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ, y SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS, debidamente representada, han convenido resciliar el contrato de modificación social en virtud del cual SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS vendió, cedió y transfirió a PABLO REINALDO IDE FRESE y a SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ sus derechos en la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada “ISAQUIM QUIMICA LIMITADA”. En este contexto, se rescilia el contrato de modificación social a través del cual se efectuó la venta, cesión y transferencia de derechos, que corresponde a la Escritura Pública de fecha 10 de enero del año 2014, suscrita ante el Notario Público Interino de la ciudad de Santiago don Pedro Alfonso Aylwin Valenzuela, modificación que fue inscrita a Fojas 3.962, Número 2.611 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, poniendo término a todas las obligaciones que emanan de dicho contrato. PABLO REINALDO IDE FRESE y SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ, restituyen en este acto y en dinero efectivo a SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS, la suma de $190.000, y de $10.000., respectivamente, correspondiente al precio de las receptivas cesiones, quien lo recibe a entera y total satisfacción. Las partes se otorgan completo finiquito de su relación contractual. TERCERO: Teniendo presente las resciliaciones efectuadas precedentemente y considerando la nueva participación social, los comparecientes, mediante el presente instrumento, viene en modificar el citado contrato social, en el sentido que: UNO: El socio PABLO REINALDO IDE FRESE vende, cede y transfiere al socio que ingresa en este acto a la sociedad JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, el 25% del total de la compañía en el valor adquirido de $250.000., quien acepta expresamente en este acto y le enteran el valor respectivo en este acto. DOS: El socio Don PABLO REINALDO IDE FRESE vende, cede y transfiere al socio que ingresa en este acto a la sociedad MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, el 25% del total de la compañía en el valor adquirido de $250.000., quien acepta expresamente en este acto y le enteran el valor respectivo en este acto. TRES: El socio PABLO REINALDO IDE FRESE vende, cede y transfiere al socio que ingresa en este acto a la sociedad Don RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE, el 25% del total de la compañía en el valor adquirido de $250.000., quien acepta expresamente en este acto y le enteran el valor respectivo en este acto. CUATRO: El socio PABLO REINALDO IDE FRESE vende, cede y transfiere al socio que ingresa en este acto a la sociedad MARICARMEN IDE VINAGRE, el 5% del total de la compañía en el valor adquirido de $50.000., quien acepta expresamente en este acto y le enteran el valor respectivo en este acto. CINCO: El socio SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS, debidamente representada, vende, cede y transfiere a MARICARMEN IDE VINAGRE, el 20% del total de la compañía en el valor adquirido de $200.000., quien acepta expresamente en este acto y le enteran el valor respectivo en este acto. Así, con la presente modificación societaria los nuevos socios que ingresan en este acto Doña JUANITA ISABEL IDE VINAGRE, Doña MARIA CRISTINA IDE VINAGRE, Don RODOLFO MANUEL IDE VINAGRE, y Doña MARICARMEN IDE VINAGRE pasan a detentar cada uno de ellos un veinticinco por ciento de participación social, siendo los único socios de la compañía. Por su partes, los socios Don PABLO REINALDO IDE FRESE y Doña SUSANNE FELICITAS OBERPAUR WILCKENS se retiran total y completamente de la compañía. CUARTO: Los comparecientes, mediante el presente instrumento, vienen en modificar el Contrato Social original y de constitución de la compañía en su cláusula tercera correspondiente al Objeto Social, procediendo a dejar sin efecto el giro establecido en dicha cláusula, acordando reemplazarlo para todos los efectos legales por el siguiente: El Objeto Social es: La producción, fabricación compra, venta importación, exportación y comercialización en general, tanto en el país como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos químicos, afines o derivados, materias primas e insumos para la industria y el comercio, y la actuación como representante, agente o asociado de toda clase de personas naturales o jurídicos y de empresas nacionales o extranjeras de objetos análogos. A lo anterior debe agregarse la ejecución de cualquier asesoría técnica relacionada con las actividades descritas. Además cualquier otra actividad lícita que los socios acordaran de común acuerdo. QUINTO: Los comparecientes, mediante el presente instrumento, vienen en modificar el Contrato Social original y de constitución de la compañía en su cláusula octava correspondiente a la Administración y Uso de la razón social, procediendo a dejar sin efecto la representación establecida en dicha cláusula, acordando reemplazarlo para todos los efectos legales por la siguiente: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individual y exclusivamente a NICOLÁS CAUSSADE COUDEU, chileno, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad número trece millones treinta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve guión siete. Demás estipulaciones escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto. Santiago, a 03 de septiembre de 2019.