MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES HOLDING FD LIMITADA

RUT 96710660-7 CVE 1655600
Fecha instrumento
26 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, abogado, Notario Titular de la 29 Notaría de Santiago, con domicilio en Mac- Iver Nº225, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 26 de Julio de 2019, ante mí, JUAN CARLOS FABRES RIVAS, por sí y en representación de INVERSIONES SAN JUAN LIMITADA, JUAN PABLO FABRES DURRELS, JUAN CARLOS FABRES DURRELS, por sí y en representación de STEPHANIE ANN JONES, SARA MARÍA FABRES JONES, JUAN PEDRO FABRES JONES y ZACHARY EDWARD FABRES JONES, todos domiciliados Don Carlos N°2.939, of. 701, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES HOLDING FD LIMITADA, inscrita a fojas 17.597 N°14.476 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1994, de la siguiente manera: 1) Dejaron constancia que producto de la partición parcial de los bienes quedados al fallecimiento del socio Juan Pedro Fabres Durrels, se adjudicaron dos quintos de los derechos que le correspondían en la Sociedad a doña Stephanie Ann Jones, y se repartieron los tres quintos restantes, en partes iguales, entre doña Sara María Fabres Jones, don Juan Pedro Fabres Jones y don Zachary Edward Fabres Jones; 2) Asimismo, dejaron constancia que producto de la partición parcial de los bienes quedados al fallecimiento de la socia Jeannette Durrels Bate, se adjudicaron los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad de la siguiente forma: 7,04% a don Juan Carlos Fabres Durrels, 6,03% a don Juan Pablo Fabres Durrels, y 5,03%, en partes iguales, a los herederos por representación de don Juan Pedro Fabres Durrels, estos son doña Sara María Fabres Jones, don Juan Pedro Fabres Jones y don Zachary Edward Fabres Jones; 3) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital Social. El capital social asciende a la suma de siete mil trescientos noventa y dos millones novecientos setenta y seis mil ochocientos sesenta y seis pesos, siendo aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: a) Juan Carlos Fabres Rivas, con la cantidad de mil trescientos treinta y ocho millones ciento veintiocho mil ochocientos trece pesos, equivalentes al dieciocho coma uno por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; b) Juan Carlos Fabres Durrels, con la cantidad de mil trescientos treinta y tres millones seiscientos noventa y tres mil veintisiete pesos, equivalente al dieciocho coma cero cuatro por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; c) Juan Pablo Fabres Durrels, con la cantidad de mil doscientos cincuenta y nueve millones veintitrés mil novecientos sesenta pesos, equivalente al diecisiete coma cero tres por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; d) Inversiones San Juan Limitada, con la cantidad de dos mil doscientos setenta y siete millones treinta y seis mil ochocientos setenta y cinco pesos, equivalente al treinta coma ocho por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; e) Stephanie Ann Jones, con la cantidad de trescientos veinticinco millones doscientos noventa mil novecientos ochenta y dos pesos, equivalente al cuatro coma cuatro por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; f) Sara María Fabres Jones, con la cantidad de doscientos ochenta y seis millones seiscientos un mil setenta pesos, equivalente al tres coma ochocientos setenta y siete por ciento de los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; g) Juan Pedro Fabres Jones, con la cantidad de doscientos ochenta y seis millones seiscientos un mil setenta pesos, equivalente al tres coma ochocientos setenta y siete por ciento de los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto; y, h) Zachary Edward Fabres Jones, con la cantidad de doscientos ochenta y seis millones seiscientos un mil setenta pesos, equivalente al tres coma ochocientos setenta y siete por ciento de los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente enterado y pagado con anterioridad a este acto.”. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de Agosto de 2019.