MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Enel Green Power del Sur SpA

RUT 76412562-2 CVE 1655872
Fecha instrumento
7 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2019
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría de Santiago, con domicilio en San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 22 de agosto de 2019, Rep. N° 6.110-2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ENEL GREEN POWER DEL SUR SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 66192, número 40417, del año 2014, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con fecha 7 de agosto de 2019, en la que se modificaron y adecuaron los estatutos sociales. En esta modificación, (i) se modificó el sistema de administración de la Sociedad, reemplazando al directorio por un Administrador Único, quien también se denominará Gerente General, función que podrá ser ejercida por una persona natural o jurídica y quien estará investido de las más amplias facultades de administración que en derecho correspondan, pudiendo delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas. Como consecuencia de la modificación anterior, se eliminan y reemplazan los artículos Décimo Segundo a Décimo Noveno, relativos al régimen de administración de la Sociedad, a fin de establecer que la Sociedad será administrada por un Administrador Único y/o Gerente General, único órgano societario de administración de la Sociedad, quien será elegido por los accionistas y cuyas funciones comprenderán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo delegar parte de sus facultades, y quien estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue la Junta. Adicionalmente, (ii) se adecúan todas las disposiciones no modificadas o eliminadas del Estatuto Social que hagan referencia al Directorio, debiendo entenderse que dicha referencia corresponde al Administrador Único y/o Gerente General. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2019.-