MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CRISTIAN KLAMMER BORGOÑO Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 78410390-0 CVE 1655477
Fecha instrumento
12 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2019
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 12/08/2019, REPERTORIO N° 11.804/2019, otorgada en esta Notaría, JORGE CRISTIAN KLAMMER BORGOÑO, domiciliado en Nueva Costanera N° 4331, Vitacura; MARIE LOUISE DE FERARI DUKE, domiciliada en Av. Américo Vespucio Norte N° 2050, depto. 902, Vitacura; DOMINIQUE KLAMMER DE FERARI, domiciliada en Joaquín Cerda N° 6245, Vitacura; CRISTIAN KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Juan XXIII N° 6135, Vitacura, y FRANCISCO JOSÉ KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Av. Américo Vespucio Norte N° 2050, depto. 902, Vitacura, por sí y en representación de NICOLAS KLAMMER DE FERARI, domiciliado en Campo de Mayo N° 5975, Vitacura, modifican el estatuto social vigente de la sociedad CRISTIAN KLAMMER BORGOÑO Y ASOCIADOS LIMITADA, en lo relativo a la administración de la sociedad, sustituyendo de su actual cláusula TERCERA desde donde dice “…La administración…” hasta donde dice “…poderes generales y especiales”, por el siguiente texto: “…La administración de la sociedad y el uso de la razón social o el nombre de fantasía corresponderán indistintamente a cada uno de los socios don Jorge Cristian Klammer Borgoño y doña Marie Louise De Ferari Duke, o a dos cualquiera de los restantes socios actuando conjuntamente, todos quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración sea taxativa, cada uno de los socios administradores actuando conjunta o separada e indistintamente, según corresponda, tendrán las más amplias facultades, pudiendo …”. Todas y cada una de las facultades de los socios constan en la escritura. PAM.